Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad

Fecha de disposición23 Marzo 2000
Fecha de publicación23 Marzo 2000
Pág. 184988
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 23 de marzo de 2000
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º
inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y
contando con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica,
Oficina de Administración y Unidad de Personal;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- IMPONER a la Dra. Emilia Her-
melinda Tavara Vílchez, ex Jefe de la Unidad de Registro
Civil de la Municipalidad de Chorrillos la sanción de
DESTITUCION, con la consiguiente inhabilitación para
desempeñarse en la Administración Pública bajo cual-
quier forma o modalidad durante el período de cinco años.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR a la mencionada ex
funcionaria en forma personal o a través de la publicación
en el Diario Oficial El Peruano el contenido de la presente
Resolución.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la OFICINA DE
ADMINISTRACION Y UNIDAD DE PERSONAL el cum-
plimiento de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente
Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros y la
Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO
Alcalde
3372
MUNICIPALIDAD DE
SAN BORJA
Aprueban Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas y el Cua-
dro de Infracciones y Sanciones de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 185-2000-CDSB-C
San Borja, 20 de marzo de 2000
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA
VISTO, en su V-2000 Sesión Ordinaria de fecha 15 de
marzo del 2000 el Proyecto de Ordenanza de Reglamento de
Aplicación de Sanciones Administrativas y Cuadro de Infrac-
ciones y Sanciones de la Municipalidad de San Borja, presen-
tado por la Sra. Regidora Norma Tengan de Hokama;
Estando a lo expuesto y, lo dispuesto en el Art. 109º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
ORDENANZA
REGLAMENTO DE APLICACION DE
SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y
CUADRO DE INFRACCIONES Y
SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San
Borja, el mismo que consta de 32 artículos y tres disposiciones
finales y forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro de Infraccio-
nes y Sanciones Administrativas, el mismo que forma
parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de
Infraestructura, Medio Ambiente y Servicios, Dirección Ge-
neral de Administración y Economía y la Dirección de Aseso-
ría Jurídica el cumplimiento de la presente ordenanza.
"REGLAMENTO DE APLICACION DE
SANCIONES ADMINISTRATIVAS"
TITULO I
GENERALIDADES
CAPITULO I
OBJETIVOS Y ALCANCES
Artículo 1º.- ALCANCE
El presente Reglamento de Aplicación de Sanciones
(RAS) norma el procedimiento de imposición y ejecución
de Sanciones Administrativas contenidas en el Cuadro de
Infracciones y Sanciones, así como cualquier infracción a
las disposiciones legales vigentes, cuya aplicación sea de
competencia de la Municipalidad Distrital de San Borja.
Las infracciones y sanciones correspondientes al Trans-
porte Urbano y las de carácter tributario se rigen exclu-
sivamente por su normatividad.
Artículo 2º.- AMBITO DE APLICACION
El ámbito de aplicación del RAS se circunscribe a la
jurisdicción del distrito de San Borja. El procedimiento de
ejecución de Sanciones Administrativas se rige, además
por lo dispuesto en la Ley Nº 26979.
Artículo 3º.- SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Las sanciones por infracciones administrativas, com-
prendidas en el presente RAS son las siguientes:
A. Multa.
B. Clausura Temporal o Definitiva.
C. Paralización de Obras.
D. Demolición.
E. Comiso de materiales de construcción.
Artículo 4º.- DE LAS INFRACCIONES
Las infracciones cometidas por incumplimiento de las
normas legales y municipales, son puestas a conocimiento
de la Autoridad Municipal por las fiscalizaciones perma-
nentes que realizarán las áreas responsables o por denun-
cia de los vecinos ante la División de Policía Municipal o
la de Control Urbano, las mismas que deberán formularse
por escrito o verbalmente en casos especiales. La Autori-
dad Municipal iniciará las acciones que correspondan de
acuerdo a lo establecido en el presente RAS.
CAPITULO II
AUTORIDAD RESPONSABLE
Artículo 5º.- AUTORIDAD RESPONSABLE
La realización de fiscalizaciones es responsabilidad de
los Directores y Jefes de Oficina de las áreas competentes
respectivas, de conformidad con sus funciones y el proce-
dimiento que el RAS establece.
Los Directores y Jefes de Oficina realizarán perma-
nentes fiscalizaciones a través de los Inspectores y de la
Policía Municipal, a efecto de verificar el cumplimiento de
las normas municipales.
Artículo 6º.- IDENTIFICACION DE LAS AUTO-
RIDADES
Los Policías Municipales, Inspectores, Jefes y/o Direc-
tores deberán identificarse previamente al inicio de cual-
quier fiscalización y deberán portar un ejemplar del RAS
y del Cuadro de Infracciones y Sanciones.
TITULO II
PROCEDIMIENTO DE APLICACION
DE SANCIONES
CAPITULO I
NOTIFICACION PREVENTIVA Y/O MULTA
Artículo 7º.- REQUISITOS DE LA NOTIFICA-
CION PREVENTIVA
Los Inspectores y/o Policías Municipales emitirán la
Notificación Preventiva, la cual deberá contener los datos
siguientes:
a) Nombre o razón social del infractor, domicilio o
descripción de éste que asegure su identificación.
b) Fecha en que se emite.
c) Dirección que emite la Notificación Preventiva.
d) El nombre y código del inspector o policía municipal
que detecta la infracción.
e) Breve descripción de la infracción cometida.
f) Código de la infracción según el Cuadro de Infraccio-
nes y Sanciones y número de la ordenanza.
g) Plazo de vigencia de la notificación preventiva,
advirtiendo la imposición de la multa a su vencimiento.
Artículo 8º.- REQUISITOS DE LA MULTA
La Multa Administrativa deberá contener los datos
siguientes:

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