Sancionan con destitución a servidor de la Oficina General de Administración del Ministerio

Fecha de disposición28 Julio 2000
Fecha de publicación28 Julio 2000
Pág. 190984
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 28 de julio de 2000
Artículo Tercero.- COMUNICAR, la presente Reso-
lución al Instituto Nacional de Bienestar Familiar, para
los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación en el Diario
Oficial El Peruano, el texto de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CARLOS KOO LAU
Presidente
Directorio
Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote
8610
Designan fedatarios del CONADIS
RESOLUCION EJECUTIVA
Nº 021-2000-SE/CONADIS
Lima, 12 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 25035, del 10 de junio de
1989, Ley de Simplificación Administrativa, institucionaliza a
los Fedatarios, estableciendo que las entidades de la Adminis-
tración Pública deberán designar a las personas que desempe-
ñarán las funciones establecidas en dicho dispositivo;
Que, el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 070-89-PCM,
del 10 de setiembre de 1989, Reglamento de la Ley de Simpli-
ficación Administrativa, establece las normas y procedimien-
tos generales para la designación de fedatarios;
Que, mediante Ley Nº 27050 se creó el Consejo Nacio-
nal de Integración de la Persona con Discapacidad - CO-
NADIS, como un Organismo Público Descentralizado del
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo
Humano - PROMUDEH, con el Decreto Supremo Nº 003-
2000-PROMUDEH, del 5 de abril del 2000, se aprobó el
Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapa-
cidad; por Resolución de Presidencia Nº 004-99-P/CONA-
DIS, del 9 de diciembre de 1999, se dio inicio al período de
implementación básica y funcionamiento del CONADIS, y
en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 25035 y su
Reglamento, se ha visto la necesidad de designar al funcio-
nario que desempeñará las funciones de Fedatario;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley
Nº 27050 - Ley General de la Persona con Discapacidad,
concordante con lo establecido por los numerales 13.1 y 13.11
del Artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 27050 aprobado
por Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH, en uso de las
facultades conferidas mediante Resolución de Presidencia Nº
004-99-P/CONADIS, del 9-12-2000;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al DR. PABLO HERMOGE-
NES SIERRA INGA, como Fedatario Titular y al SR.
VICTOR PERCY GONZALO BASURCO OSORIO como
Fedatario Suplente, del Consejo Nacional de Integración
de la Persona con Discapacidad - CONADIS.
Artículo 2º.- La presente designación será por el plazo
de dos (2) años y los citados Fedatarios quedan obligados
a llevar un registro de los actos que realizan en el ejercicio
de sus funciones.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE E. RAMIREZ GONZALES
Secretario Ejecutivo
8508
SALUD
Sancionan con destitución a servidor
de la Oficina General de Administra-
ción del Ministerio
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 390-2000-SA-P
Lima, 25 de julio del 2000
Visto el Informe CPPAD Nº 20-2000 de la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios
del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Viceministerial Nº 345-
2000-SA/P, publicada en el Diario Oficial El Peruano con
fecha 2 de julio de 2000, se instauró proceso administra-
tivo disciplinario a don LARRY EDDY DIAZ FERNAN-
DEZ, Supervisor de Conservación y Servicios I, Nivel
SAA, de la Oficina General de Administración, por
haber incurrido en ausencias injustificadas desde el 17
de noviembre de 1989 a la fecha, encontrándose incurso
en falta de carácter disciplinario tipificada en el literal
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracio-
nes del Sector Público;
Que efectuada la notificación de la instauración de
proceso administrativo disciplinario y transcurrido el pla-
zo establecido, el servidor no ha presentado su descargo
correspondiente;
Que la Comisión Permanente de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, ha estudia-
do y analizado los actuados inherentes al proceso seguido
contra el referido servidor, observando las garantías y
procedimientos establecidos, habiendo determinado que
éste dejó de asistir a su centro de trabajo desde el día
siguiente en que concluyó su licencia por asuntos particu-
lares, es decir desde el 17 de noviembre de 1989, incurrien-
do en grave falta de carácter disciplinario, tipificada en el
habiendo acordado la referida comisión se le imponga la
sanción de Destitución;
Estando a lo recomendado por la Comisión Perma-
nente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Mi-
nisterio de Salud en su Informe CPPAD Nº 20-2000; y,
De conformidad a lo dispuesto en el literal d) del
SE RESUELVE:
Imponer a don LARRY EDDY DIAZ FERNANDEZ,
Supervisor de Conservación y Servicios I, Nivel SAA, de la
Oficina General de Administración, la sanción disciplina-
ria de DESTITUCION prevista en el literal d) del Artículo
26º del Decreto Legislativo Nº 276, por las razones que se
explican en la parte considerativa de la presente resolu-
ción.
Entiéndase notificada la presente resolución al inte-
resado, a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
ALEJANDRO J. MESARINA GUTIERREZ
Viceministro de Salud
8503
Sancionan con destitución a diversos
servidores del Ministerio
RESOLUCION VICEMINISTERIAL
Nº 391-2000-SA-P
Lima, 25 de julio del 2000
Visto el Informe CPPAD Nº 19-2000 de la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios
del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Viceministerial Nº 344-2000-
SA/P, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2-7-2000,
se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a don
ABRAHAM ERMITAÑO PISCOCHE PAREDES, Super-
visor de Conservación y Servicios I, Nivel SAA de la Oficina
de Defensa Nacional, por incurrir en ausencias injustifica-
das desde el 1 de enero de 1991 a la fecha, encontrándose
incurso en falta de carácter disciplinario tipificada en el
Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune-
raciones del Sector Público;

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