INVESTIGACION ODICMA Nº 862-2006-CAÑETE - Sancionan con destitución a Juez de Paz del distrito de Chilca, Distrito Judicial de Cañete

Fecha de publicación11 Junio 2009
Fecha de disposición11 Junio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 11 de junio de 2009 397363
lo señalado en el artículo doscientos once de la norma
legal citada; por tales fundamentos el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas
por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos
concordado con los artículos ciento seis y doscientos dos
de la referida ley orgánica, de conformidad con el informe
del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, sin la
intervención de los señores Francisco Távara Córdova y
Javier Roman Santisteban por encontrarse de licencia, por
unanimidad; RESUELVE: Imponer Ia medida disciplinaria
de Destitución al servidor Enrique Xavier Velazco
Rodríguez, por su actuación como Secretario Judicial del
Tercer Juzgado de Paz Letrado de Paucarpata, Distrito
Judicial de Arequipa.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
ANTONIO PAJARES PAREDES
SONIA TORRE MUÑOZ
WALTER COTRINA MIÑANO
LUÍS ALBERTO MENA NÚÑEZ
359057-5
Sancionan con destitución a
Administrador de los Juzgados de
Chosica, Chaclacayo y Matucana,
Distrito Judicial de Lima
INVESTIGACIÓN ODICMA
N° 226-2006-LIMA
Lima, cuatro de marzo de dos mil ocho.
VISTO: El expediente administrativo que contiene
la Investigación ODICMA número doscientos veintiséis
guión dos mil seis guión Lima, seguida contra don Juan de
la Cruz Aybar Vargas en su actuación como Administrador
de los Juzgados de Chosica, Chaclacayo y Matucana de
la Corte Superior de Justicia de Lima; por los fundamentos
de la resolución número veintiuno expedida por la Jefatura
de la Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder
Judicial, obrante de fojas doscientos diez a doscientos
trece; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de la revisión
de los actuados se tiene que el procedimiento disciplinario
se inició en mérito a la queja formulada por doña Janet
Marleny Ludeña Mendoza, asistente administrativo del
doctor Martín Wong Abad, Presidente de la Primera Sala
Civil Especializada en lo Comercial de Lima, contra don
Juan de la Cruz Aybar Vargas, por haberle ofrecido dos
mil dólares americanos, para inf‌l uenciar en la decisión
que se adoptaría en el Expediente número ochocientos
setenta y nueve guión dos mil cinco, seguido por Firenze
Export Sociedad Anónima con Automotriz Lavagna
Sociedad Anónima sobre Obligación de Dar Suma de
Dinero; Segundo: La denuncia motivó la realización del
operativo de control respectivo, en el que el magistrado
de Primera Instancia de la Of‌i cina Distrital de Control de
la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, el
representante del Ministerio Público y el personal policial
correspondiente, se constituyeron a un restaurante
ubicado en el Cercado de Lima, en donde se encontró al
investigado Juan de la Cruz Aybar Vargas juntamente con
la quejosa, quien tenía en su poder un sobre con la suma
de mil dólares americanos, representados en diez billetes
de cien dólares americanos cada uno, los mismos que le
habían sido entregados por el servidor intervenido; además
de hallarse sendas hojas en las que aparecían anotadas
las series de cada billete, que correspondían a una parte
de su agenda; Tercero: Que, este hecho conllevó a que se
abra investigación en su contra por los siguientes cargos:
a) Notoria conducta irregular, vicios y costumbres que
menoscaban el decoro y la responsabilidad del cargo; b)
Valerse de la autoridad a su cargo, para ejercer inf‌l uencia
ante otros miembros del Poder Judicial en la tramitación
o resolución de asuntos judiciales; Cuarto: En relación
al primer cargo, se encuentra fehacientemente acreditado
dado que en la referida intervención la denunciante
ratif‌i có su dicho y el investigado reconoció que el dinero
que entregó le fue proporcionado por una tía, quien al
tener una relación con la demandada, quería obtener
alguna ayuda en el proceso que estaba en la mencionada
Sala Superior pendiente de resolver: asimismo se tienen
las impresiones fotográf‌i cas, la hoja de la agenda que
entregó a la denunciante con el número del expediente, y
el contenido del Acta de Transcripción de Audio; Quinto:
En cuanto al cargo b) se aprecia de lo actuado que el
investigado en circunstancias en las que se produjeron
los hechos materia de investigación, ocupaba el cargo
de Administrador, quien no obstante laborar en una
dependencia distinta a la que trabajaba la quejosa, se valió
de dicha condición para acceder y/o averiguar sus datos
laborales y personales con la f‌i nalidad de contactarla y
entregarle dinero para que interceda en el expediente
aludido; Sexto: Que, Ia comisión de las infracciones por
parte del investigado están indubitablemente acreditadas
con las instrumentales que obran a fojas once (Acta
Fiscal); dieciséis y diecisiete (Acta del Operativo de
Control); ciento sesenta y dos a ciento sesenta y cuatro
(Acta de Visualización del Video); ciento sesenta y cinco
a ciento sesenta y seis (impresiones fotográf‌i cas); ciento
sesenta y ocho a ciento setenta y seis (transcripción de
audio); y con el propio dicho del investigado; de lo que
se colige existir fundamentos para aceptar Ia propuesta
de Ia Jefatura de la Of‌i cina de Control de Ia Magistratura
del Poder Judicial, y aplicarle Ia medida disciplinaria de
destitución prevista en el artículo doscientos once del Texto
Único Ordenado de Ia Ley Orgánica del Poder Judicial;
por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso
treinta y uno del artículo ochenta y dos concordado con
los artículos ciento seis y doscientos dos de la referida ley
orgánica, en sesión ordinaria de Ia fecha, de conformidad
con el informe obrante de fojas doscientos veinticuatro a
doscientos veintiséis, sin Ia intervención de los señores
Francisco Távara Córdova y Javier Román Santisteban,
por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE:
Imponer Ia medida disciplinaria de Destitución a don
Juan de la Cruz Aybar Vargas, en su actuación como
Administrador de los Juzgados de Chosica, Chaclacayo
y Matucana, Distrito Judicial de Lima; Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
ANTONIO PAJARES PAREDES
SONIA TORRE MUÑOZ
WALTER COTRINA MIÑANO
LUÍS ALBERTO MENA NÚÑEZ
359057-2
Sancionan con destitución a Juez de
Paz del distrito de Chilca, Distrito
Judicial de Cañete
INVESTIGACIÓN ODICMA
Nº 862-2006-CAÑETE
Lima, tres de abril del dos mil ocho.
VISTO: El expediente administrativo que contiene la
Investigación ODICMA ochocientos sesenta y dos guión
dos mil seis guión Cañete, seguida contra doña Gloria
Liliana Ruiz Zambrano, por su actuación como Juez de
Paz de Primera Nominación del Distrito de Chilca, Corte
Superior de Justicia de Cañete; por los fundamentos
pertinentes de Ia resolución número dieciséis expedida
por Ia Jefatura de Ia Of‌i cina de Control de Ia Magistratura
del Poder Judicial, obrante de fojas doscientos dieciocho
a doscientos veintidós; y, CONSIDERANDO: Primero:
Que, el Órgano de Control de la Magistratura mediante
resolución número uno obrante a fojas once y doce
dispuso abrir investigación contra doña Gloria Liliana
Ruiz Zambrano, Juez de Paz de Primera Nominación
del Distrito de Chilca, Distrito Judicial de Cañete, por el
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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