Sancionan con amonestación a EPS ILO S.A.

Fecha de disposición27 Abril 2000
Fecha de publicación27 Abril 2000
Pág. 186007
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de abril de 2000
En representación de la Asociación Peruana de Em-
presas de Seguros (APESEG):
- Doctor Néstor Matos Salas.
Regístrese, notifíquese y publíquese.
AUGUSTO MOUCHARD RAMIREZ
Superintendente de Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
4656
SUNASS
Sancionan con amonestación a EPS
ILO S.A.
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SOLUCION
DE RECLAMOS DE LOS USUARIOS DE LOS
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 190-2000-SUNASS/TRASS
Lima, 24 de abril de 2000
VISTA la Resolución Nº 161-2000-SUNASS/TRASS
del 7 de abril de 2000;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 161-2000-SUNASS/
TRASS del 7 de abril de 2000, este Tribunal declaró
fundado el reclamo interpuesto por el señor Eusebio
Bravo Reid en representación de la Empresa Nacional de
Puertos, ENAPU S.A., contra EPS ILO S.A.;
Que, al momento de emitirse la Resolución antes
señalada, este Tribunal dejó expresa mención entre
otras cosas, que los autos fueron elevados indebidamen-
te foliados y descompaginado, se incluyó en la factura-
ción del mes de marzo de 2000 una orden de cierre, aún
cuando existía un proceso de reclamo en trámite, la
Resolución Nº 2778-99-GC-EPS ILO S.A. fue emitida
fuera del plazo establecido en el numeral 3.1.3 de la
Directiva General para Atender y Resolver los Reclamos
de los Usuarios de Servicios de Saneamiento, aprobada
por Resolución de Superintendencia Nº 040-94-PRES-
VMI-SSS y la Resolución Nº 2761-99-GC-E.P.S.-ILO
S.A. fue notificada fuera del plazo establecido en el
Artículo 81º del Texto Unico Ordenado de la Ley de
Normas Generales de Procedimientos Administrativos
aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS;
Que, los hechos antes descritos, constituyen
infracciones contempladas dentro de los incisos "a" y
"c" del numeral 5.1. de la Directiva antes mencionada
y como tal, son susceptibles de sanción de conformidad
con el reglamento de sanciones aprobado por Resolu-
ción de Superintendencia Nº 095-95-PRES-VMI-
SUNASS;
Estando a las consideraciones expuestas y de confor-
midad con lo establecido por la Ley Nº 26284, Decreto
Supremo Nº 009-2000-EF, Resolución de Superintenden-
cia Nº 095-95-PRES-VMI-SUNASS y Resolución de Su-
perintendencia Nº 146-2000-SUNASS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar con Amonestación Escrita a
EPS ILO S.A. por las infracciones cometidas en la
tramitación de la causa señalada en vistos y que son
referidas en la presente Resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Trámite Docu-
mentario y Archivo, la notificación de la presente Reso-
lución a las partes interesadas, a la Comisión de Protec-
ción al Consumidor del INDECOPI, así como su publica-
ción en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARTURO OQUENDO PORTILLO
Presidente del TRASS
4651
CONSEJOS
TRANSITORIOS DE
ADMINISTRACION
REGIONAL
Cesan por causal de excedencia a
personal del CTAR Loreto
CONSEJOS TRANSITORIOS DE
ADMINISTRACION REGIONAL REGION
LORETO IQUITOS
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL
Nº 241-2000-CTAR-L-P
Iquitos, 29 de febrero del 2000
Visto, el Informe Nº 01-2000-CTAR-L-CCE, de fecha
15 de febrero del 2000, Oficio Nº 241-2000-CTAR-DRA-
L, de fecha 3 de febrero del 2000, Oficio Nº 175-2000-
CTAR-L-DREL-DOA-UPER-AERC, de fecha 14 de fe-
brero del 2000, Oficio Nº 0123-2000-CTAR-L-DREM, de
fecha 14 de febrero del 2000, Oficio Nº 074-2000-CTAR-
RL-DRIT, de fecha 31 de enero del 2000, Oficio Nº 095-
2000-CTAR-L-DRP, de fecha 1 de febrero del 2000, Oficio
Nº 115-2000-CTAR-L-DRS-DOP, de fecha 14 de febrero
del 2000, Oficio Nº 027-2000-DRTPS-IQU, de fecha 31 de
enero del 2000 y Oficio Nº 095-2000-CTAR-L-DRTCVC,
de fecha 31 de enero del 2000; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley Nº 26093, se dispone un Progra-
ma de Evaluación Semestral para los trabajadores de la
Administración Pública, para el efecto el Ministro de la
Presidencia mediante Resolución Ministerial Nº 353-98-
PRES, de fecha 27 de agosto de 1998 aprobó la Directiva
Nº 002-98-PRES/VMDR, sobre el proceso de Evaluación
para los trabajadores de los Consejos Transitorios de
Administración Regional, incluido las Direcciones Re-
gionales y Subregionales Sectoriales;
Que, asimismo el numeral 5.5. - V DISPOSICIONES
GENERALES y el inciso d) del numeral 7.1.4, VII DEL
PROCESO DE EVALUACION, de la Directiva Nº 002-
98-PRES/VMDR, señala que los trabajadores que no
cumplan con los requisitos y no alcancen el puntaje final
de sesenta (60) puntos como mínimo, cuyo nivel valorati-
vo es insatisfactorio, serán cesados en sus cargos por
causal de excedencia;
Que, mediante Resoluciones Ejecutivas Regionales
Nºs. 040 y 077-2000-CTAR-L-P, de fechas 18 y 24 de
enero del 2000, se designa las diferentes Comisiones
responsables de consolidar y llevar a cabo el Proceso de
Evaluación del Rendimiento Laboral de los trabajadores
nombrados y contratados de la Sede Central, Gerencias
Subregionales y Direcciones Regionales Sectoriales per-
tinentes, correspondiente al Segundo Semestre 1999;
Que, según los documentos del visto, el Proceso de
Evaluación del Personal Nombrado y Contratado, se
realizó conforme a las normas establecidas, por lo que es
necesario su aprobación;
Estando a las visaciones de la Secretaría Técnica,
Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Re-
gional de Administración; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el Regla-
mento de Organización y Funciones del Consejo Transi-

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