Autorizan viaje de personal militar de aviación del Ejército a Rusia para realizar curso de entrenamiento en simulador de helicóptero

Fecha de disposición23 Noviembre 2007
Fecha de publicación23 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 23 de noviembre de 2007
358136
acuerdos para la continuación del desminado en la
zona de frontera común entre el Perú y Ecuador, por
lo que con el f‌i n de establecer detalles operativos, se
programó para el día 26 de junio de 2007, una Reunión
Bilateral de Coordinación con el Centro de Desminado
Humanitario del Ecuador, en la ciudad de Quito -
Ecuador;
Que, el señor Ministro de Defensa dispuso la asistencia
del Director General de Desminado Humanitario del
Ejército del Perú, General de Brigada JUAN ADOLFO
MÉNDIZ APAHUASCO, a la precitada reunión y que por
razones de orden administrativo resultó materialmente
imposible tramitar de manera oportuna la Resolución
Suprema respectiva,
Que, el inciso 17.1 del Artículo 17° de la Ley Nº
establece la posibilidad que los efectos de un acto o
resolución administrativa, sean aplicados de modo
anticipado a hechos administrativos anteriores a su
vigencia;
Que, siendo que el presente acto resulta favorable y
no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena
fe legalmente protegidos a terceros y toda vez que el
mismo existió al momento en que se pretende retrotraer
su ef‌i cacia, resulta procedente la aplicación de la f‌i gura de
la “Ef‌i cacia Anticipada”;
Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, el Decreto
Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de
2004 y su modif‌i catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004
DE/SG del 30 de junio de 2004; y,
Estando a lo recomendado por el Señor General de
Ejército Comandante General del Ejército y a lo acordado
por el Señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Con ef‌i cacia anticipada, autorizar el viaje
al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Quito
– Ecuador, al Señor General de Brigada JUAN ADOLFO
MÉNDIZ APAHUASCO, Director General de Desminado
Humanitario del Ejército del Perú, para participar en
la Reunión Bilateral de Coordinación con el Centro de
Desminado Humanitario del Ecuador, en el periodo del 25
al 26 de junio de 2007.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del
Perú efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a
los conceptos siguientes:
PASAJE: LIMA - QUITO (ECUADOR) – LIMA
US$ 765.32 x 1 persona
VIÁTICOS
US$ 200.00 x 2 días x 1 persona
TARIFA ÚNICA DE USO DE AEROPUERTO
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- El citado Of‌i cial General, deberá dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y artículo 10º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
de 2002 y a la Cuarta Disposición Final del Reglamento
de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector
Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-
DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 modif‌i cado por el
Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio de
2004.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a solicitar liberación ni exoneración de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
136116-5
Autorizan viaje de personal militar
de aviación del Ejército a Rusia para
realizar curso de entrenamiento en
simulador de helicóptero
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 416-2007-DE/EP
Lima, 22 de noviembre de 2007
Visto; el Of‌i cio Nº 1215 DIEDOC/C-2.c.01 del 01 de
agosto de 2007 y la Hoja de Recomendación Nº 101 / U-
3.c.3.a del 22 de octubre de 2007.
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionales
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a
la República de Rusia, al Personal Militar de Aviación del
Ejército que se indica en la parte resolutiva, para que realice
el Curso de Entrenamiento en Simulador de Helicóptero
MI-17, en el Centro de Capacitación de la Compañía de
Reparaciones de la Aviación de San Petersburgo – Rusia,
en el periodo comprendido del 08 al 22 de diciembre de
2007, por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran
en benef‌i cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito
de competencia del Ejército del Perú.
Que, los gastos que demande el viaje al exterior en
Comisión de Servicio serán sufragados por el Ministerio de
Defensa – Ejército del Perú, Presupuesto Año Fiscal - 2007;
Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 – Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28927 – Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de Junio de 2002, el
Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 enero
de 2004 y su modif‌i catoria, Decreto Supremo Nº 008-2004
DE/SG del 30 de junio de 2004; y
Estando a lo propuesto por el Señor General de
Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado
con el Señor Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio, a la República de Rusia, al Personal Militar
de Aviación del Ejército que se indica a continuación,
para que realice el Curso de Entrenamiento en Simulador
de Helicóptero MI-17, en el Centro de Capacitación de
la Compañía de Reparaciones de la Aviación de San
Petersburgo – Rusia, en el periodo comprendido del 08 al
22 de diciembre de 2007:
- My Inf César Alex GUERRERO RODRIGUEZ
- My Inf César Gerardo CLAUDET MOROTE
- My Inf Alejandro PASTOR DE LA PUENTE
- My Cab Esnaider Ernesto VASQUEZ SILVA
- Tco 2da MAé Amílcar BORDA CUARESMA
- Tco 3ra MAé Juan José MIRANDA CHUMPITAZ
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los
conceptos siguientes:

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