77 623-99-MP-CEMP - Encargan despacho de fiscalía superior especializada en delitos de robo calificado, secuestro, homicidio y extorsión, y la Gerencia Técnica del Instituto de Investigaciones

Fecha de disposición26 Agosto 1999
Fecha de publicación26 Agosto 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de agosto de 1999 AÑO XVII - Nº 7003 Pág. 177203
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
CONGRESO DE LA
REPUBLICA
RESOLUCION LEGISLATIVA
Nº 27167
LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO
DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCION LEGISLATIVA QUE
AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA A VIAJAR A LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA DEL 27 AL 31 DE
AGOSTO DEL PRESENTE AÑO
La Comisión Permanente del Congreso de la República, de
conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102º y en
el Artículo 113º de la Constitución Política, y en la Ley Nº 26656,
ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presiden-
te Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo
para que viaje a los Estados Unidos de América del 27 al 31 de
agosto del presente año, por motivos familiares.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su
promulgación.
En Lima, a los veinticinco días del mes de agosto de mil
novecientos noventa y nueve.
MARTHA HILDEBRANDT PEREZ TREVIÑO
Presidenta del Congreso de la República
RICARDO MARCENARO FRERS
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPUBLICA
Lima, 25 de agosto de 1999.
Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
11019
ECONOMIA Y
FINANZAS
Aceptan y aprueban donación de
vehículo a favor del Cuerpo General de
Bomberos Voluntarios del Perú
RESOLUCION SUPREMA
Nº 398-99-EF
Lima, 24 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, Japan Firefighters Association de Japón, ha efectuado
una donación en favor del Cuerpo General de Bomberos Volun-
tarios del Perú, consistente en un carro de bombero usado;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de
la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo
al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF,
establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a
las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se
efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias
del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo
2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a
las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supre-
mo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada
por Japan Firefighters Association de Japón, a favor del
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, consis-
tente en un carro de bombero usado, marca Isuzu, modelo
FSR12F, año 1984, Nº de Motor 659492, con un valor
aproximado de ¥ 160 000,00, (Ciento Sesenta Mil y 00/100
Yenes), según Carta de Donación de fecha 2 de junio de 1999
y un peso aproximado de 8 380 kgs., según Conocimiento de
Embarque Nº KWZC-1 de H U A L AS.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el
artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo
2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a
las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por
Decreto Supremo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre-
ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra-
loría General de la República, dentro de los plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refren-
dada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de
Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
11020
Precios FOB de referencia para la
aplicación de los derechos específi-
cos correspondientes a la importación
de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 178-99-EF/15
Lima, 25 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91-
AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y
modificatorias, la importación de ciertos productos agropecua-
rios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables;
Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas
modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras aplica-
bles a las importaciones de los productos a que se refiere el
considerando anterior;
Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia
para la semana comprendida entre el 9 y el 15 de agosto de 1999;
Pág. 177204
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de agosto de 1999
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia
para la aplicación del derecho específico variable a que se
refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF:
PRECIOS FOB DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF)
US$ por T.M.
Fecha Maíz Arroz Azúcar Azúcar
BDTE BDTK SULX SUGRCSCS
Del 9/8 al 13/8 93 245 207
Del 14/8 al 15/8 93 245 137
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Ministro de Economía y Finanzas
11029
EDUCACION
Extienden suspensión de actividades
escolares de feriado no laborable a
centros educativos particulares
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 588-99-ED
Lima, 24 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-98-PCM se estable-
ció como Feriado no Laborable para el Sector Público entre
otros, el día viernes 27 de agosto, con la finalidad de incentivar
el desarrollo de la industria turística del país;
Que, es competencia del Ministerio de Educación establecer
las Políticas, medidas y acciones en materia educativa a nivel
nacional, en armonía con la Política General del Supremo
Gobierno;
Que, con la finalidad de garantizar el estricto cumplimiento
de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 049-98-PCM antes
referido, es necesario suspender las actividades escolares a
nivel nacional, para el día 27 de agosto, en los Centros Educa-
tivos Particulares, debiendo las Direcciones Regionales y Su-
bregionales de Educación, Direcciones de Educación de Lima y
Callao y Unidades de Servicios Educativos - USEs, dictar las
medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la pre-
sente Resolución, sin perjuicio del acuerdo que pueda estable-
cerse entre los empleadores y trabajadores de los centros
educativos particulares para la recuperación de las horas
dejadas de laborar, en concordancia a lo dispuesto en el Artículo
4º del citado dispositivo legal;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762,
Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley
Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Extiéndase la suspensión de las acti-
vidades escolares, a nivel nacional, en los Centros Educativos
Particulares, el día viernes 27 de agosto de 1999.
Artículo Segundo.- Las Direcciones Regionales y Subre-
gionales de Educación, Direcciones de Educación de Lima y
Callao y Unidades de Servicios Educativos - USEs, dictarán las
medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Reso-
lución, sin perjuicio del acuerdo que pueda establecerse entre
los empleadores y trabajadores de los centros educativos parti-
culares para la recuperación de las horas dejadas de laborar,
conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Supremo
Nº 049-98-PCM.
Regístrese y comuníquese.
FELIPE GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
10964
ENERGIA Y MINAS
Autorizan viaje de especialista de la
CTE a Brasil para participar en curso
sobre calidad en la distribución y la
comercialización de energía eléctrica
RESOLUCION SUPREMA
Nº 116-99-EM
Lima, 25 de agosto de 1999
Visto el Oficio P/CTE Nº 084-99, de fecha 4 de agosto de
1999, del Presidente de la Comisión de Tarifas de Energía,
solicitando autorización de viaje para un trabajador;
CONSIDERANDO:
Que, dentro de los eventos que realiza la Comisión de
Integración Eléctrica Regional (CIER) se desarrollará el Curso
"Calidad en la Distribución y la Comercialización de Energía
Eléctrica - II CIERTEC", del 29 de agosto al 1 de setiembre de
1999, en la ciudad de Belo Horizonte, Brasil;
Que, el Consejo Directivo de la Comisión de Tarifas de
Energía en su Sesión Nº 014-99 de fecha 22 de julio de 1999,
acordó aprobar la participación del Ing. César Bernabel Espi-
noza, Especialista de la División de Distribución, en el curso
precitado;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres-
pondiente viaje;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la
Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario aprobada me-
diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. César Bernabel
Espinoza, Especialista de la División de Distribución de la
Comisión de Tarifas de Energía, a la ciudad de Belo Horizonte,
Brasil, del 27 de agosto al 3 de setiembre de 1999, para el fin a
que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente Resolución ascendentes a US$ 2,416.04 (Dos Mil
Cuatrocientos Dieciséis y 04/100 Dólares Americanos) serán
cubiertos por la Comisión de Tarifas de Energía de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes US$ 741.04
Inscripción US$ 450.00
Viáticos (US$ 200.00 x 6 días) US$ 1,200.00
Tarifa CORPAC US$ 25.00
------------
TOTAL US$ 2,416.04
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI
Ministro de Energía y Minas
11021
P R E S
Autorizan viaje de asesora del
Ministerio, a Ecuador, para asistir a
reunión del Consejo de Colabora-
ción sobre Abastecimiento de Agua
y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA
Nº 146-99-PRES
Lima, 25 de agosto de 1999

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR