ORDENANZA Nº 357-MDB - Regulan aspectos técnicos y administrativos que rigen las actividades económicas desarrolladas en playas del distrito

Fecha de disposición23 Diciembre 2011
Fecha de publicación23 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 23 de diciembre de 2011 455385
Primera cuota : 29 de febrero.
Segunda cuota : 31 de mayo.
Tercera cuota : 31 de agosto.
Cuarta cuota : 30 de noviembre.
Artículo Tercero.- Vencimiento para el pago del
Impuesto al Patrimonio Vehicular
De conformidad con lo previsto en el artículo 35 del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
la obligación de pago del Impuesto al Patrimonio Vehicular
para el ejercicio 2012 vence:
- Pago al contado : 29 de febrero.
- Pago Fraccionado:
Primera cuota : 29 de febrero.
Segunda cuota : 31 de mayo.
Tercera cuota : 31 de agosto.
Cuarta cuota : 30 de noviembre.
Disposición Final Única
Facultar al Servicio de Administración Tributaria
- SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a
establecer fechas distintas a las señaladas en los
artículos precedentes a través de Acuerdo de su Consejo
Directivo, el mismo que deberá ser publicado en el Diario
Of‌i cial “El Peruano”. Las nuevas fechas así establecidas,
deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones
correspondientes.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los 22 de diciembre de 2011.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
732903-3
Establecen montos de derecho de
emisión por tributos municipales
correspondientes al Ejercicio 2012
de la Municipalidad Metropolitana de
Lima
ORDENANZA Nº1579
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Extraordinaria de concejo de fecha
22 de diciembre del 2011 el Dictamen Nº245-2011-
MML-CMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos
Económicos y Organización;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
ESTABLECEN LOS MONTOS DE DERECHO
DE EMISIÓN POR TRIBUTOS MUNICIPALES
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2012 DE LA
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Artículo Primero.- Fíjese en S/. 2.00 (Dos y
00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar
los contribuyentes por concepto de derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores y determinación
del Impuesto Predial del Ejercicio 2012, incluyendo
su distribución. Por cada predio adicional se abonará
S/. 0.90 (Cero y 90/100 Nuevos Soles) por el derecho
mencionado.
El monto del derecho se cancelará conjuntamente con
la primera cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2012.
Artículo Segundo.- Fíjese en S/. 2.00 (Dos y
00/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar
los contribuyentes por concepto de derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores y determinación
del Impuesto al Patrimonio Vehicular del Ejercicio 2012,
incluyendo su distribución, por cada vehículo de su
propiedad que se encuentre afecto al pago.
El monto del derecho se cancelará conjuntamente con
la primera cuota del Impuesto al Patrimonio Vehicular del
Ejercicio 2012.
Artículo Tercero.- Fíjese en S/. 1.00 (Uno y 00/100
Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los
contribuyentes por concepto de derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores y determinación
de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo correspondientes al Ejercicio 2012,
incluyendo su distribución, por cada predio.
El monto del derecho se cancelará conjuntamente con
la primera cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio
2012.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, 22 de diciembre de 2011
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
732903-4
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Regulan aspectos técnicos y
administrativos que rigen las
actividades económicas desarrolladas
en playas del distrito
ORDENANZA Nº 357-MDB
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO:
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO:
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,
el Dictamen Nº 003-2011-CDE-MDB de la Comisión
de Desarrollo Económico que recomienda al Pleno del
Concejo Municipal aprobar el proyecto de Ordenanza que
regula las actividades económicas en las playas en el
distrito de Barranco;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de
la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales
promueven el desarrollo y la economía local y la prestación
de los servicios públicos de su responsabilidad, en
armonía con las políticas y planes nacionales y regionales
de desarrollo;
Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo
Municipal de Barranco, con el VOTO UNÁNIME del
Concejo Municipal; y con la dispensa del trámite de lectura
y aprobación de Acta ha dado lo siguiente:
TÍTULO I
GENERALIDADES
CAPÍTULO I
OBJETIVOS Y ALCANCES
Artículo 1°.- Finalidad
La presente Ordenanza regula los aspectos técnicos
y administrativos que rigen las actividades económicas
desarrolladas, con f‌i nes de lucro o no, en las playas del
litoral de la Municipalidad Distrital de Barranco.
Artículo 2°.- Ámbito de aplicación
La presente Ordenanza rige exclusivamente en la
jurisdicción del distrito de Barranco. La Municipalidad

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