02 049-2002-ORLC/TR - Revocan observación formulada por registradora del Registro de Personas Jurídicas del Callao sobre inscripción de título

Fecha de publicación17 Febrero 2002
Fecha de disposición17 Febrero 2002
Pág. 217573
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de febrero de 2002
9. Los derechos registrales que correspondería pagar
por la inscripción del presente título son los siguientes:
Derecho de Derecho de
calificación inscripción
Adecuación a la L.G.S. 3,5 3,5
Modificación de estatuto 7 7
Directorio 11 7
Presidente 11 7
Aumento 72993 (TOPE -S/7)
TOTAL 39,5 3017,5
Dado que al presentarse el título se ha pagado la suma
de S/. 43,00, el monto del mayor derecho que correspon-
dería pagar asciende a S/. 3014,00 y no a S/. 2982.00 como
lo indicó el Registrador.
10. El solicitante ha pedido se considere como pago a
cuenta los derechos registrales pagados con el título ta-
chado 5602 del 12-9-2000. Sin embargo, mediante Reso-
lución Jefatural Nº 057-2001-ORUC-JEF del 26 de marzo
de 2001, se dispuso la devolución de los derechos regis-
trales correspondientes a dicho título, a solicitud del pre-
sentante del mismo. Por lo tanto, habiéndose dispuesto su
devolución, no procede considerarlos como pago a cuen-
ta.
Actuando como Vocal ponente Nora Mariella Aldana
Durán;
Estando a lo acordado por una unanimidad;
VI. SE RESUELVE:
1. REVOCAR el primer punto de la observación, CON-
FIRMAR el segundo punto y AMPLIAR la observación con-
forme a lo señalado en los considerandos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y
8. 2. ESTABLECER que el monto del mayor derecho por
concepto de derechos registrales del título asciende a S/
. 3014,00 y no a S/. 2982,00 como había indicado el Regis-
trador en el tercer punto.
3. RECOMENDAR al Registrador Público de la Oficina
Registral de Ucayali, Dr. Milcher Zanca Falcón, mayor celo
en el ejercicio de sus funciones.
Regístrese y comuníquese
NORA MARIELLA ALDANA DURÁN
Presidenta de la Tercera Sala
del Tribunal Registral
GLORIA SALVATIERRA VALDIVIA
Vocal del Tribunal Registral
LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA
Vocal del Tribunal Registral
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Revocan observación formulada por re-
gistradora del Registro de Personas
Jurídicas del Callao sobre inscripción
de título
OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y CALLAO
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 049-2002-ORLC/TR
Lima, 25 de enero de 2002
Apelante :DAVID C. ALVAREZ S.C. IMPORTACIONES
REPINSA, representada por Gladys Alvarez
Vda. de Peña y Julia Alvarez de Castillo
Título :12957 del 19 de noviembre de 2001
Hoja de Trámite :831 del 6 de diciembre de 2001
Registro :Personas Jurídicas del Callao
Acto :Nulidad de inscripción
Sumilla
Principio de legitimación
Los asientos registrales se presumen cier-
tos y producen todos sus efectos, mientras
no se rectifique en sede registral o declare
judicialmente su invalidez, conforme al Ar-
tículo 2013º del Código Civil y VII del Título
Preliminar del Reglamento General de los
Registros Públicos.
I. DECISIÓN IMPUGNADA
Se ha interpuesto recurso de apelación contra la ob-
servación formulada por la Registradora Pública (e), Dra.
Carmen de Jesús Velasco Cortez, del Registro de Perso-
nas Jurídicas del Callao.
La Registradora denegó la inscripción por los siguien-
tes fundamentos:
De conformidad con el Artículo 2013º del Código Ci-
vil, no es factible la inscripción de lo solicitado, ya que el
contenido de la inscripción se presume cierto y produce
todos sus efectos, mientras no se rectifique o se declare
judicialmente su invalidez, por lo que deberá solicitarse la
nulidad de dicho asiento ante el órgano jurisdiccional com-
petente. (...) .
II. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO-
CUMENTOS PRESENTADOS
Por el presente título se solicita la inscripción de la nu-
lidad del asiento de inscripción D 00001 de la partida elec-
trónica Nº 06001535 del Registro de Sociedades del Ca-
llao, en mérito al escrito presentado por Gladys Alvarez
Vda. de Peña y Julia Alvarez de Castillo, en representa-
ción de DAVID C. ALVAREZ S.C. IMPORTACIONES RE-
PINSA.
A dicho efecto, se presentan copias certificadas por el
especialista legal del Segundo Juzgado Especializado en
lo Civil del Callao de la sentencia del 13 de octubre de
1994 recaída en el proceso de nulidad de acto jurídico y
otros interpuesta por David Carlos Alvarez Lava contra
Gladys Alvarez Vda. de Peña y otros, su confirmatoria ex-
pedida el 13 de marzo de 1995 por la Sala Civil de la Corte
Superior del Callao, así como la ejecutoria suprema expe-
dida el 5 de octubre de 1995 expedida por la Sala Civil de
la Corte Suprema. Asimismo, se presenta copia certifica-
da por la secretaria fiscal de la Segunda Fiscalía Provin-
cial Penal del Callao del dictamen del 9 de setiembre de
1996 que deniega la formalización de denuncia penal con-
tra Julia Dora Alvarez de Castillo y Gladys Alvarez Lava de
Peña, y del dictamen del 15 de noviembre de 1996 emitido
por la Primera Fiscalía Superior Penal del Callao que de-
claró infundada la queja de derecho contra el mencionado
dictamen fiscal.
Además, se presenta copias certificadas por Notario
de las actas de la junta general extraordinaria del 26 de
diciembre de 1995 y parte de las actas de las juntas gene-
rales extraordinarias del 16 de febrero de 1980 y 27 de
marzo de 1981, y copia legalizada por Notario de una car-
ta notarial dirigida a David C. Alvarez Lava en la que se le
comunica su destitución en el cargo de Gerente.
III. ANTECEDENTE REGISTRAL
En la partida registral de DAVID C. ALVAREZ S.C. IM-
PORTACIONES REPINSA, tomo 14 de fojas 23 y siguien-
tes, que continúa en la partida electrónica Nº 06001535,
del Registro de Sociedades del Callao, corre extendido en
el asiento D 00001 la inscripción de la sucesión intestada
de David Carlos Alvarez Lava, seguida ante el Juzgado de
Paz Letrado de Lince y San Isidro, siendo declarados he-
rederos sus hijos: David Gustavo Moises y Martha María
del Rosario Alvarez García, Flor Elena y Javier Orlando
Alvarez Ponce, y Jorge David Alvarez Martínez. Asimis-
mo, en el referido asiento consta la división y partición de
las participaciones que David Carlos Alvarez Lava tenía
en la sociedad bajo examen, efectuada por los referidos
herederos.
IV. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES
Si procede la declaratoria de nulidad de un asiento de
inscripción en sede registral.
V. ANÁLISIS
Interviene como Vocal Ponente, el Dr. Luis Alberto Alia-
ga Huaripata.
PRIMERO.- Las apelantes fundamentan su pedido de
“nulidad de inscripción” en el hecho que David C. Alvarez

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