1007 310-2005-MINCETUR/DM - Autorizan a procuradora iniciar acciones para revertir irregularidades procesales advertidas en proceso de declaración judicial de certeza por incertidumbre jurídica

Fecha de publicación12 Octubre 2005
Fecha de disposición12 Octubre 2005
Pág. 301998
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de octubre de 2005
5.- Ing. José Enrique Málaga Málaga, representante
de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego
del Perú - JNDRP.
6.- Señor Álvaro Barrenechea Chávez, representante
titular y señor Carlos Lozada Zingoni representante alterno
de la Asociación de Exportadores - ADEX.
7.- MG. Sc. Teresa Velásquez Bejarano representante
titular e Ing. Luis Toledo Casanova, representante alterno
del Sector Académico o Científico en la especialidad de
Riego y Drenaje.
8.- Señor Miguel Ángel Mufarech Nemy, representante
de los Gobiernos Regionales ubicados en el ámbito de
intervención de la Unidad de Coordinación del Proyecto
Subsectorial de Irrigación - UCPSI.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL MANRIQUE UGARTE
Ministro de Agricultura
17355
MINCETUR
Autorizan a procuradora iniciar
acciones para revertir irregularidades
procesales advertidas en proceso de
declaración judicial de certeza por
incertidumbre jurídica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 310-2005-MINCETUR/DM
Lima, 5 de octubre de 2005
Visto el Memorándum Nº 204-2005-MINCETUR/
PP.Ad.Hoc.CJMT, de la Procuradora Pública Ad Hoc para
procesos relacionados con Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 30 de mayo de 2002, las empresas
Sociedad Exportadora Santa Isabel S.A.C., Harumi
Company S.A.C., Sun Nipón Company S.A., Pacific
Entertainments S.A.C., FAMH E.I.R.L., Inversiones CMN
S.A.C. y MCM Creativos S.A.C., interpusieron ante el
Juzgado Mixto de La Oroya, una demanda sobre
declaración judicial de certeza por incertidumbre jurídica,
respecto de la sentencia del Tribunal Constitucional,
publicada el 2 de febrero de 2002 en el Diario Oficial El
Peruano, recaída en el Expediente Nº 009-2001-AI/TC,
que declaró inconstitucionales la Primera y Segunda
Disposición Transitoria de la Ley Nº 27153 - Ley de Juegos
de Casino y Máquinas Tragamonedas; siendo emplazados
en dicho proceso el Congreso de la República y el ex
CTAR Junín;
Que, en el proceso de declaración judicial de certeza
por incertidumbre jurídica, antes referido, las respectivas
instancias han amparado la demanda interpuesta,
habiéndose agotado todos los medios impugnatorios
previstos por la legislación procesal civil para enervar los
efectos de la declaración judicial emitida por el Juzgado
Mixto de La Oroya; sin embargo, se han advertido
irregularidades procesales que afectan el derecho del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo al debido
proceso, al derecho de defensa y a la tutela jurisdiccional
efectiva, derechos que por lo demás se encuentran
protegidos constitucionalmente;
Que, en tal razón, resulta pertinente autorizar a la
Procuradora Pública Ad Hoc para procesos relacionados
con Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas, para que
interponga las acciones judiciales correspondientes, a fin
de revertir las irregularidades procesales advertidas en la
tramitación del citado proceso y que se han traducido en
una limitación al derecho de defensa del Sector;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial
del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto
Supremo Nº 005-2002-PCM, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública Ad
Hoc para procesos relacionados con Juegos de Casino y
Máquinas Tragamonedas, para que, en representación y
defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las
acciones judiciales correspondientes contra la declaración
judicial de certeza por incertidumbre jurídica, emitida en
el proceso judicial a que se refiere la parte considerativa
de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución,
así como de los antecedentes del caso, a la Procuradora
Pública Ad Hoc para procesos relacionados con Juegos
de Casino y Máquinas Tragamonedas, para los fines
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
17141
Autorizan viaje de representantes del
Ministerio a Ecuador para participar en
la VII Reunión del Comité Técnico
Binacional de Facilitación de Turismo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 312-2005-MINCETUR/DM
Lima, 11 de octubre de 2005
Visto el Facsímil Nº 994, de fecha 25 de setiembre de
2005, del Director de Promoción del Turismo del Ministerio
de Relaciones Exteriores y el Memorándum Nº 1055-
2005-MINCETUR/VMT del Viceministro de Turismo;
CONSIDERANDO:
Que, del 13 al 15 de octubre de 2005, se llevará a
cabo la VII Reunión del "Comité Técnico Binacional de
Facilitación de Turismo", en la ciudad de Cuenca, República
de Ecuador, en la que se tratarán temas sobre facilitación
y promoción turística binacional, transporte transfronterizo
aéreo, terrestre, acuático, facilitación turística y control
migratorio;
Que, dicho Comité Técnico fue creado en el marco de
los Acuerdos de Brasilia, suscritos el 26 de octubre de
1998, con el fin de impulsar acciones de mutuo beneficio
y preparar programas y proyectos comunes en el ámbito
de su competencia, para lograr el desarrollo integral de
la relación bilateral;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo -
MINCETUR es el organismo público competente para
definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política
de comercio exterior y de turismo; preside las
delegaciones en los esquemas de integración, en el
ámbito de su respectiva competencia, en coordinación
con el Ministerio de Relaciones Exteriores;
Que, por ser de interés institucional, el Viceministro
de Turismo solicita que se autorice el viaje del señor
Miguel Antonio Zamora Salas, Director Nacional de
Turismo y del señor Eduardo Sevilla Echevarría,
profesional que presta servicios en el Viceministerio de
Turismo, a fin de que participen en la citada Reunión;
De conformidad con las Leyes Nºs. 27619, 27790,
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo
Nº 005-2002-MINCETUR y Decreto de Urgencia Nº 015-
2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cuenca,
República de Ecuador, del señor Miguel Antonio Zamora

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR