804 05-2003-GO/RENIEC - Adicionan al reverso del Formato de Certificado de Nacido Vivo el rubro destinado a la captura de la impresión pelmatoscópica del recién nacido
Fecha de publicación | 12 Marzo 2003 |
Fecha de disposición | 12 Marzo 2003 |
Pág. 240638
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 12 de marzo de 2003
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del
informe de visto se desprende que el ciudadano Juan
Carlos Martínez Sánchez quien dice llamarse Juan Car-
los Sánchez Martínez, ha inducido a error a servidor
público al hacer insertar en instrumento público declara-
ciones falsas sobre hechos que deben probarse con el
documento mismo;
Que el hecho antes descrito constituye indicio razona-
ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, en
la modalidad de falsedad ideológica y genérica, previsto
y sancionado en el artículo 428º del Código Penal;
Que, en atención al considerando precedente resul-
ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil, para que interponga las acciones
legales que correspondan en defensa de los intereses
del Estado y del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, contra Juan Carlos Martínez Sánchez; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreta Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-
presentación de los intereses del Estado interponga las
acciones legales que correspondan contra Juan Carlos
Martínez Sánchez, por presunto delito contra la fe públi-
ca, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio
del Estado y del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, comuníquese y publíquese
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
04709
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 997-2002-JEF/RENIEC
Lima, 30 de diciembre de 2002
Visto el Memorándum Nº 445-2001/OHC/DCP/GO,
el Informe Nº 003-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº
1153 -2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica, de fecha 12 de noviembre de 2002.
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación sustentatoria del
informe de visto se desprende que el ciudadano Walter
Napuche Sangama, ha inducido error a servidor público
al hacer insertar en instrumento público declaraciones
falsas sobre hechos que deben probarse con el docu-
mento mismo;
Que el hecho antes descrito constituye indicia razona-
ble de la comisión de presunto delito contra fe pública, en
la modalidad de falsedad ideológica y genérica, previsto
y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código
Penal;
Que, en atención al considerando precedente resul-
ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de
los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil, para que interponga las acciones
legales que correspondan en defensa de los intereses
del Estado y del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil contra Walter Napuche Sangama; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re-
presentación de los intereses del Estado interponga las
acciones legales que correspondan contra Walter Napu-
che Sangama, por presunto delito contra la fe pública, en
las modalidades de falsedad ideológica y genéricas, en
agravio del Estado y del Registro Nacional de Identifica-
ción y Estado Civil.
Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador
Público encargado de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a
que se contrae la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
04710
Adicionan al reverso del Formato de
Certificado de Nacido Vivo el rubro
destinado a la captura de la impresión
pelmatoscópica del recién nacido
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE OPERACIONES
Nº 05-2003-GO/RENIEC
Lima, 30 de enero del 2003
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil es un organismo constitucionalmente autónomo en-
cargado de manera exclusiva y excluyente de las fun-
ciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionali-
zar, las inscripciones registrales de su competencia, entre
las que se encuentran los nacimientos, matrimonios, de-
funciones y demás actos que modifican el estado civil de
las personas;
Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 25º del Re-
glamento de Inscripciones del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil, constituye documento referente
para la inscripción del nacimiento ante el Registro de
Estado Civil, el Certificado de Nacido Vivo expedido por
profesional competente;
Que, por Resolución de Gerencia de Operaciones
Nº 188-2001-GO-RENIEC, se aprobó el formato del Cer-
tificado de Nacido Vivo conforme la Quinta Disposición
final del D.S. Nº 015-98-PCM, el mismo que fue evaluado
en cuanto a contenido y forma por la comisión de trabajo
conformada por delegados del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil, Ministerio de Salud y el Instituto
Nacional de Estadística e Informática;
Que, es necesario que se adicione al formato apro-
bado por la Resolución citada en el párrafo anterior, el
rubro correspondiente para la impresión de la huella pel-
mastoscópica del recién nacido, además de los datos
que correspondan a la naturaleza del documento;
Que, en mérito al convenio de cooperación interinsti-
tucional celebrado entre el Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil (RENIEC), Ministerio de Salud (MIN-
SA) y el Instituto Nacional de Estadística e Informática
(INEI), la impresión y distribución del certificado de Naci-
do Vivo con la modificación a que se refiere la presente
resolución corresponde al Ministerio de Salud;
Conforme a lo Establecido en la Ley Nº 26497 y el
Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante De-
creto Supremo Nº 015-98-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Adicionar al reverso del formato de
Certificado de Nacido Vivo, aprobado mediante Resolu-
ción de Gerencia de Operaciones Nº 188-2001-GO-RE-
NIEC, el rubro destinado para la captura de la impresión
pelmatoscópica del recién nacido.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS D. GALDOS ZEVALLOS
Gerente de Operaciones
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