DECRETO SUPREMO N° 042-2009-MTC - Decreto Supremo que establece el Cronograma de Revalidación de las Licencias de Conducir cuyos vencimientos se hayan producido o produzcan durante los meses de mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre del 2009 y deroga el Decreto Supremo N° 031-2009-MTC

Fecha de publicación11 Diciembre 2009
Fecha de disposición11 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 11 de diciembre de 2009 407657
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia f‌i nanciera en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009,
del Pliego 011 Ministerio de Salud, a favor de ocho (08)
Gobiernos Regionales y dieciséis (16) Gobiernos Locales,
cuyo desagregado se detalla en el Anexo 1 “Transferencias
Financieras – Decreto de Urgencia Nº 114-2009”, el mismoque
forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial,
hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES
NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS
SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 944
275,00), para el f‌i nanciamiento de proyectos de inversión
pública comprendidos en el marco del Aseguramiento
Universal en Salud y aquellos priorizados por los citados
Gobiernos.
Artículo 2º.- Los recursos que transf‌i ere el Ministerio
de Salud, conforme el artículo 1º de la presente norma,
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales fueron transferidos.
Artículo 3º.- La Transferencia Financiera aprobada
por la presente Resolución se sujeta a los términos y
condiciones establecidos en el segundo párrafo del
artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 114-2009.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
434158-2
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 810-2009/MINSA
Mediante Of‌i cio Nº 2368-2009-SG/MINSA, el
Ministerio de Salud, solicita se publique Fe de Erratas de
la Resolución Ministerial Nº 810-2009/MINSA, publicada
en nuestra edición del día 2 de diciembre de 2009.
DICE:
Tercer Considerando:
Que, la Of‌i cina General de Comunicaciones mediante
el documento de visto recomienda la aprobación del
logotipo y slogan del Aseguramiento Universal en Salud;
DEBE DECIR:
Tercer Considerando:
Que, la Of‌i cina General de Comunicaciones mediante
el documento de visto recomienda la aprobación del
logotipo y slogan del Aseguramiento Universal en Salud;
los cuales, asimismo, han sido aprobados por el Comité
Técnico Implementador Nacional responsable de la
conducción del proceso de Aseguramiento Universal en
Salud, según consta en el Acta Nº 006-2009;
434013-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Decreto Supremo que establece el
Cronograma de Revalidación de las
Licencias de Conducir cuyos vencimientos
se hayan producido o produzcan durante
los meses de mayo, junio, julio, agosto,
setiembre, octubre, noviembre y
diciembre del 2009 y deroga el Decreto
Supremo Nº 031-2009-MTC
DECRETO SUPREMO
Nº 042-2009-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-
MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Licencias
de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados
de Transporte Terrestre, el mismo que regula entre
otros, las condiciones, requisitos y procedimientos
para acceder a una licencia para conducir los citados
vehículos por las vías públicas terrestres a nivel
nacional y su clasif‌i cación;
Que, la Ley Nº 29389, Ley que amplió la información
personal que debe contener la Licencia de Conducir,
vigente a partir del 20 de julio de 2009, dispuso que el citado
documento debe contener el grupo y factor sanguíneo
del titular y la autorización expresa o la denegación de la
donación de órganos en caso de muerte;
Que, el citado dispositivo estableció un plazo de
sesenta (60) días para que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones adecúe su normatividad; en razón de lo
cual, se prorrogó la vigencia de las licencias de conducir
de la clase “A” Categorías I, II y III, cuyos vencimientos
se hayan producido o produzcan durante los meses de
mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre
y diciembre del 2009, mediante el Decreto Supremo Nº
031-2009-MTC;
Que, habiéndose cumplido con la adecuación dispuesta
mediante la Ley Nº 29389; es necesario establecer un
cronograma de revalidación de las licencias de conducir
que permita su entrega de manera ordenada y oportuna
en benef‌i cio de los usuarios;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del
Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre;
la Ley Nº 29389, Ley que amplía la información personal
que debe contener la Licencia de Conducir; el Decreto
Supremo Nº 040-2008-MTC, Reglamento Nacional
de Licencias de Conducir vehículos automotores y no
motorizados de transporte terrestre; y la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
DECRETA:
Artículo 1º.- Cronograma de revalidación de las
licencias de conducir
Establézcase el cronograma para la revalidación de
las licencias de conducir cuyos vencimientos se hayan
producido o produzcan durante los meses de mayo, junio,
julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre
del 2009, conforme al detalle siguiente:
Licencias que vencieron o venzan en: Fecha de trámite de revalidación
Diciembre del 2009 Del 15 al 31 de diciembre del 2009
Mayo a setiembre del 2009 Del 02 al 31 de enero del 2010
Octubre del 2009 Del 01 al 28 de febrero del 2010
Noviembre del 2009 Del 01 al 31 de marzo del 2010
Artículo 2º.- Vigencia de las licencias de conducir
Las licencias de conducir que hayan vencido o se
encuentren por vencer correspondientes a los meses
de mayo, junio, julio, agosto, setiembre, octubre,
noviembre y diciembre del 2009, conservarán su
vigencia hasta el último día de la fecha de trámite de
su revalidación, según el cronograma señalado en el
artículo precedente.
Artículo 3º.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Transportes y Comunicaciones.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogatoria del Decreto Supremo Nº 031-
2009-MTC
Deróguese el Decreto Supremo Nº 031-2009-MTC.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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