1064 1306/INC - Declaran improcedente solicitud de retiro de condición de Monumento de inmueble ubicado en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto

Fecha de publicación10 Octubre 2005
Fecha de disposición10 Octubre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 10 de octubre de 2005
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la
Nación a los sitios arqueológicos siguientes:
- Huaca Pasaje Norte, ubicado en el distrito de Olmos,
provincia y departamento de Lambayeque.
- Huaca Municipalidad, ubicada en el distrito de
Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque.
Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio
arqueológico Huaca Pasaje Norte Nº PETT-L/L-447 de
fecha agosto de 2003, a escala 1/1000 ubicado en el
distrito de Olmos, provincia y departamento de
Lambayeque, con su respectiva ficha técnica y memoria
descriptiva.
Artículo 3º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio
arqueológico Municipalidad Nº PETT-L/L-474 de fecha
febrero de 2004, a escala 1/500 ubicado en el distrito de
Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque, con
su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva.
Artículo 4º.- Disponer la inscripción en Registros
Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los
Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de
Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios
arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los
planos mencionados en los artículos 2º y 3º de la
presente Resolución.
Artículo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que
pudiesen afectar o alterar el paisaje de los sitios
arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la
Nación”, deberán contar con la aprobación del Instituto
Nacional de Cultura.
Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución a
COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,
autoridades políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO
Director Nacional
17090
Declaran improcedente solicitud de
retiro de condición de Monumento de
inmueble ubicado en el distrito de
Iquitos, provincia de Maynas,
departamento de Loreto
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1306/INC
Lima, 29 de setiembre de 2005
Visto el Expediente Nº 01545/2005, y documentación
presentada; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 084-2005-INC-L la Dirección
del Instituto Nacional de Cultura - Loreto remite
documentación presentada por el señor Patrice Jean
Paul Pillu, solicitando el Retiro de Condición de
Monumento del inmueble ubicado en Jr. Nauta Nº 217 y
Jr. Raymondi Nº 183, distrito de Iquitos, provincia de
Maynas, departamento de Loreto;
Que, se trata de un inmueble declarado Monumento
y forma parte de la Zona Monumental de Iquitos, ambos
declarados mediante Resolución Ministerial Nº 793-86-
ED de fecha 30 de diciembre de 1986;
Que, mediante Informe Nº 103-2004-INC/DPHCR-
SDR la Subdirectora de Registro de la Dirección de
Patrimonio Histórico Colonial y Republicano evaluó la
documentación presentada;
Que, de la evaluación del expediente administrativo
la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y
Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 03 de fecha 22 de
julio de 2005, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1.
La documentación presentada: Testimonio de Compra-
Venta del inmueble, memoria descriptiva, registro
fotográfico del interior y exterior del inmueble, planos
de levantamiento, planta y elevaciones. 2. El Informe
Nº 019-2005-INC/APMI-DRL, el Informe Nº 037-2005-
INC-APMI-DRL del Arq. Rafael Donayre Pinedo,
asesor de Patrimonio Monumental de la Dirección del
Instituto Nacional de Cultura - Loreto. 3. El Informe
Nº 024-2005-INC/SDCR de la Arq. Gabriela Silva
Capelli, Subdirectora de Conservación y Restauración.
4. El Informe Nº 042-2005-INC/DPHCR/SDIH de la
historiadora Blanca Alva Guerrero, Subdrectora de
Investigación Histórica. 5. Los Informes Nº 093-2005-
INC/DPHCR-SDR y Nº 103-INC/DPHCR-SDR de la
Arq. Teresa Vilcampoma Huapaya, Subdirectora de
Registro, referencias históricas y propuesta de
delimitación del área intangible. CONSIDERANDO:
1. Que, el inmueble data del año 1914 y está
conformado por dos predios con dos frentes de fachada,
hacia el Jr. Raymondi la fachada está compuesta por
un pórtico de ingreso, hacia el interior se desarrolla un
amplio jardín delantero y patio central techado en forma
de T, en el cual se emplaza una glorieta, apreciándose
además elementos ornamentales y celosías de madera
de características orientales. 2. Que, el estado de
conservación del inmueble es de regular a malo, sin
embargo, por sus características especiales, la
originalidad de su distribución, sus elementos
arquitectónicos, decorativos y su relación con el entorno
Urbano Monumental debe mantener su condición de
Monumento y propender a su conservación. SE
ACORDÓ: 1. No procede la solicitud de retiro de
condición de Monumento del inmueble ubicado en Jr.
Nauta Nº 217 y Jr. Raymondi Nº 183, distrito de Iquitos,
provincia de Maynas, departamento de Loreto. 2.
Delimitar el Área Intangible de conservación
fragmentaria del inmueble, según detalle y al Plano DAI-
011-2005-INC/DPHCR:
- Por el Jr. Nauta: composición, tratamiento y
volumetría de fachada hasta una profundidad de 6.00
m. contados desde el límite de propiedad.
- Por el Jr. Raymondi: el pórtico de ingreso, la
configuración espacial del patio, los elementos
arquitectónicos y ornamentales de valor; los
componentes estructurales en mal estado pueden ser
reciclados. En el área remanente podrá plantearse un
anteproyecto de obra nueva acorde a las características
del inmueble y del entorno urbano.
3. Encargar a la Dirección del Instituto Nacional de
Cultura - Loreto, la evaluación y registro de los elementos
arquitectónicos y ornamentales de valor;
Con las visaciones de la Dirección de Gestión, la
Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico
y la Oficina de Asuntos Jurídicos; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley
Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Improcedente la solicitud de
retiro de condición de Monumento del inmueble ubicado
en Jr. Nauta Nº 217 y Jr. Raymondi Nº 183, distrito de
Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto,
por las razones expuestas en la parte considerativa de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- DELIMITAR EL ÁREA INTANGIBLE DE
CONSERVACIÓN fragmentaria del inmueble ubicado en
Jr. Nauta Nº 217 y Jr. Raymondi Nº 183, distrito de Iquitos,
provincia de Maynas, departamento de Loreto, según
detalle y al Plano DAI-011-2005-INC/DPHCR:

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