Resumen de las sentencias en procesos de hábeas corpus (Semestre: enero - junio de 2006)

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Resumen de las sentencias en procesos de hábeas corpus
Jurisprudencia del Tribunal Constitucional
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Resumen de las sentencias
en procesos de hábeas corpus
(Semestre: enero – junio de 2006)
Se destacan en esta sección las decisiones que, en forma de autos o
sentencias, desarrollan principios o constituyen interpretaciones trascen-
dentes para el orden jurídico y para las instancias judiciales. No es posible
dejar de advertir que es en el marco del proceso penal en el que tienen
lugar las restricciones a la libertad personal. Es por ello que la gran mayo-
ría de demandas de hábeas corpus se interponen contra resoluciones
judiciales expedidas en el marco de un proceso penal. Esa es, entonces, la
causa de que el presente recuento constituya casi en su totalidad un resu-
men de los criterios adoptados por el Tribunal Constitucional en materia
penal. Es así que, siendo el Derecho penal, la materia preponderante en la
presente selección, se incluyen algunas resoluciones que, sin haber sido
dictadas en el marco de un proceso de hábeas corpus, desarollan materias
relativas al proceso penal (Exp. N.º 4785-2004-PA/TC y Exp. N.º 004-
2006-AI/TC).
1. El auto de apertura de instrucción: debida motivación y re-
quisito de firmeza (Exp. N.º 8125-2005-PHC/TC, Jeffrey
Immelt y otros, publicado el 25.01.2006)
Esta sentencia fue la primera emitida por el Tribunal Constitucional
respecto de las demandas de hábeas corpus que interpusiera Luis Fernado
Garrido Pinto a favor de varios directivos de General Electric Company,
cuestionándose la apertura de instrucción por delito de estafa contra los mis-
mos ante el Vigésimo Quinto Juzgado Penal de Lima. La demanda cuya
sentencia es materia de comentario cuestionaba el hecho de que se haya
abierto instrucción contra los favorecidos, disponiendo su detención, sin motivar
debidamente su decisión sobre las razones que tuvo para imputarles el delito
de estafa.
La firmeza del auto de apertura de instrucción
Si bien no se interpuso ningún medio impugnatorio contra el mandato
de detención, el Tribual Constitucional no declara improcedente la demanda.
Al respecto, el Tribunal cita el criterio adoptado en la sentencia recaída en el
expediente N.º 6081-2005-HC/TC (publicada en la página web del Tribunal
JUSTICIA CONSTITUCIONAL. Revista de Jurisprudencia y Doctrina
Año II , N.º 3, enero - junio, Lima, 2006

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