Aprueban resultados de proceso de evaluación de personal del CTAR Piura

Fecha de disposición06 Enero 2000
Fecha de publicación06 Enero 2000
Pág. 182444
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 6 de enero del 2000
CONSEJOS
TRANSITORIOS DE
ADMINISTRACION
REGIONAL
Aprueban resultados de proceso de
evaluación de personal del CTAR Piura
RESOLUCION PRESIDENCIAL
Nº 618-99/CTAR PIURA-P
Piura, 23 de diciembre de 1999
VISTO:
El Informe Nº 002-99 CTAR PIURA-CCE, de fecha 16 de
diciembre de 1999, sobre resultado del Proceso de Evaluación de
Personal del Consejo Transitorio de Administración Regional
Piura, correspondiente al Primer Semestre de 1999; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Ley Nº 26093 se dispuso que los titulares de
los Ministerios y de las Instituciones Públicas Descentralizadas
deben realizar semestralmente Programas de Evaluación de
Personal;
Que, con Resolución Ministerial Nº 353-98/PRES de fecha 12
de agosto de 1998, el Ministerio de la Presidencia aprobó la
Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR que norma el Programa de
Evaluación del Rendimiento Laboral a ser aplicado al personal de
los Consejos Transitorios de Administración Regional en todo el
país, la misma que es modificada por Resolución Ministerial Nº
357-98;
Que mediante Resolución Presidencial Nº 516-99/CTAR PIU-
RA-P, del 4 de noviembre de 1999, se designaron a los integrantes
de la Comisión de Evaluación del Personal del Nivel Regional,
que se encargue de realizar el Programa de Evaluación de
Personal en el Consejo Transitorio de Administración Regional
Piura, correspondiente al I Semestre de 1999;
Que, con Resolución Presidencial Nº 515-99-CTAR-PIURA-P
del 4 de noviembre de 1999 se aprobó el "Reglamento Interno de
Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral" para ser aplica-
do al personal nombrado del ámbito administrativo del Consejo
Transitorio de Administración Regional Piura;
Que, la Comisión de Evaluación de Personal de nivel Regio-
nal ha cumplido con efectuar todas las fases evaluativas corres-
pondientes al I Semestre de 1999, del Personal Nombrado de la
Sede Central y de la Gerencia Subregional "Luciano Castillo
Colonna" de Sullana, así como fiscalizar los procesos de las
Direcciones Regionales y Subregionales Sectoriales, las cuales
conformaron oportunamente las Comisiones de Evaluación del
Personal las mismas que han cumplido con realizar el Proceso de
Evaluación de Personal en las diversas dependencias de su
jurisdicción, por la que la citada Comisión Regional ha emitido el
informe del "Visto" que es procedente aprobar, así como disponer
su implementación;
De conformidad a lo recomendado por la Comisión Regional
de Evaluación de Personal del Consejo Transitorio de Adminis-
tración Regional Piura;
Con la visación de la Gerencia Regional de Administración,
Asesoría Jurídica y la Secretaría Técnica del Consejo Transitorio
de Administración Regional Piura; y,
En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley
Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-96-PRES y Resolución Supre-
ma Nº 187-98/PRES;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR los resultados de la Evalua-
ción del Personal de la Sede del CTAR PIURA, Gerencia Regional
"Luciano Castillo Colonna", Direcciones Regionales y Subgeren-
cias Regionales del ámbito administrativo del Consejo Transito-
rio de Administración Regional Piura correspondiente al I Se-
mestre de 1999, de acuerdo al Cuadro de Méritos pertenecientes
al nivel Directivo, Grupos Ocupacionales Profesional, Técnico y
Auxiliar, comprendidos en el Informe Nº 002-99/CTAR PIURA-
CCE de fecha 16 de diciembre de 1999 que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo Segundo.- TRANSCRIBASE, la presente Resolu-
ción al Viceministerio de Desarrollo Regional del Ministerio de la
Presidencia, Ministerio de Economía y Finanzas y demás órganos
competentes del Consejo Transitorio de Administración Regional
Piura.
Regístrese y comuníquese.
ALBERTO V. JOO CHANG
Presidente Ejecutivo
Consejo Transitorio de Administración
Regional Piura
16378
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Aprueban Arancel de Gastos y Costas
del Procedimiento de Ejecución Coac-
tiva de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-99
Chaclacayo, 1 de diciembre de 1999
POR CUANTO:
Que, el Concejo Municipal en su Sesión Extraordinaria de
fecha 99.11.26, ha revisado el proyecto modificatorio de Arance-
les de Gastos y Costas del Procedimiento de Ejecución Coactiva
a aplicarse en la Municipalidad de Chaclacayo;
Que habiéndose expedido la Ley Nº 26979 -Ley de Procedi-
miento de Ejecución Coactiva, y en tanto no sean publicados los
topes a que se refiere su Primera Disposición Complementaria y
Transitoria; es necesario adecuar a la nueva normatividad legal
para su mejor aplicación, los conceptos por los cuales se cobran
las costas, modificándose la Ordenanza Municipal Nº 001-96 en
lo referente al cobro de los Aranceles por Actuaciones en el
Procedimiento Coactivo; y al mismo tiempo disminuir la carga
económica asumida por los administrados en el citado procedi-
miento;
De conformidad con los Arts. 10º y 36º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853 y en uso de sus atribuciones, los
señores regidores aprobaron por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR el Arancel de Gastos y Cos-
tas del Procedimiento de Ejecución Coactiva de la Municipalidad
de Chaclacayo el mismo que consta en el cuadro anexo y forma
parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Modificar la Ordenanza Municipal No.
001-96 que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Adminis-
trativos de esta Municipalidad, en lo referente a los Aranceles
por Actuaciones en el Procedimiento Coactivo, derogándose toda
norma que contravenga la presente Ordenanza; encargándose a
la Oficina de Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad el cumpli-
miento de la misma.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vi-
gencia, a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARIA DELIA VERGARA PEREZ
Alcaldesa
ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS A COBRARSE EN EL
PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA EN LA
MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Gastos Administrativos por Ejecución Coactiva se cobrarán de acuerdo a los costos
que se regularán por Decreto de Alcaldía:
Con un Mínimo 1% UIT 28.00
Con un Máximo 10% UIT 280.00
Por notificación de Resolución de Ejecución Coactiva
personal o por correo certificado.
Cada uno 0.25% UIT 7.00
Por diligencia de embargo en forma de intervención en
Recaudación, administración o información, el 1% del
monto total adeudado
Con un mínimo de 1 %UIT 28.00
Con un máximo de 12%UIT 346.00
Por diligencia de embargo en forma de depósito o
secuestro conservativo, el 1% del monto total adeudado.
Con un mínimo de 1 %UIT 28.00
Con un máximo de 12%UIT 346.00
Por diligencia de embargo en forma de intervención o
depósito frustrado 0.50%UIT 14.00

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR