RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2010-MTC/03 - Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con persona natural para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, otorgado por R.M. N° 732-2007-MTC/03

Fecha de publicación24 Junio 2010
Fecha de disposición24 Junio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 24 de junio de 2010
421130
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el
Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de
la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del
proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su
cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas
Rurales y Lugares de Preferente Interés Sociala la Red del
Servicio Móvil – Centro Norte”. El referido proceso de selección
no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza,
desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto
por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº
05-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010.
Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá
por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de
la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Of‌i cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su
conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
510686-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 277-2010-MTC/03
Lima, 16 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de
Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de
persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector
Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que
el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por
el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e
integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y
el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor
de inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL;
Que, el numeral 1) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, mediante el cual se aprueba el Reglamento
de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en
Telecomunicaciones – FITEL, establece como una de las
funciones del FITEL, formular Programas y Proyectos que
involucren la provisión de servicios de telecomunicaciones en
áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés
social, así como la infraestructura de telecomunicaciones y
estudios relativos a éstos para garantizar el acceso a tales
servicios.
Que, asimismo, el numeral 7) del artículo 7º del
una de las funciones del Directorio del FITEL, encargar
a PROINVERSIÓN la conducción de las licitaciones y/o
concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser
f‌i nanciados con los recursos del FITEL;
Que, el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 010-2007-
MTC, Reglamento de la Ley Nº 28900, concordante con el
artículo 4º de la Ley Nº 28900, dispone que la Agencia de
Promoción de Inversión Privada – PROINVERSIÓN es la
entidad encargada de realizar las licitaciones y concursos
públicos destinados a seleccionar a la persona natural o
jurídica a la que se le adjudicará los recursos del FITEL
para el f‌i nanciamiento de Programas y Proyectos de
telecomunicaciones y que dichos procesos de selección se
regirán por normas de la mencionada entidad;
Que, la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
de éste Ministerio, mediante Informe Técnico Nº 1465-2009-
MTC/09.02 de fecha 23 de diciembre de 2009, declaró
viable el estudio de preinversión a nivel de prefactibilidad
del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares
de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil
– Centro Sur”, de conformidad con los dispuesto por la
normativa aplicable al Sistema Nacional de Inversión
Pública – SNIP;
Que, el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y
Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil
– Centro Sur”, formulado por la Secretaría Técnica del FITEL,
comprenderá como Departamentos benef‌i ciarios a Apurimac,
Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua,
Puno y Tacna, y brindará los servicios de telefonía f‌i ja de
abonados y telefonía móvil para cincuenta y nueve capitales
de distrito, benef‌i ciando directamente a sus pobladores.
Que, asimismo dicho Proyecto se implementará a través
de una solución mixta (terrestre – satelital), sobre una
infraestructura existente que pertenece a los operadores
de comunicaciones móviles.
Que, el referido Proyecto ha sido formulado de forma
independiente dentro de un conjunto de tres Proyectos
móviles, atendiendo a la necesidad de preservar la
competencia que existe en el servicio de comunicaciones
móviles, a f‌i n de evitar un desbalance en la actual situación
de equilibrio en la cobertura de los operadores.
Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 03-20010/FITEL
de fecha 25 de febrero de 2010, el Directorio del FITEL
acordó por unanimidad encargar a la Agencia de Promoción
de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción
del proceso para la selección del operador que tendrá a
su cargo la implementación del Proyecto “Integración de
las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social
a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”, disponiendo la
formalización del referido encargo mediante Resolución
Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el
Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de
la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del
proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su
cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas
Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del
Servicio Móvil – Centro Sur”. El referido proceso de selección
no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza,
desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto
por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº
03-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010.
Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá
por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de
la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para su conocimiento y f‌i nes.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Of‌i cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su
conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
510683-1
Declaran resuelto contrato de
concesión suscrito con persona natural
para la prestación del servicio público
de distribución de radiodifusión por
cable, otorgado por R.M. Nº 732-2007-
MTC/03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 279-2010-MTC/03
Lima, 16 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 732-2007-
MTC/03 de fecha 03 de diciembre de 2007, se otorgó
concesión única al señor DAVID GUZMÁN AZURIN

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