RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2010-MTC/03 - Declaran resuelto contrato de concesión suscrito con persona natural para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, otorgado por R.M. N° 732-2007-MTC/03
Fecha de publicación | 24 Junio 2010 |
Fecha de disposición | 24 Junio 2010 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 24 de junio de 2010
421130
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el
Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de
la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del
proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su
cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas
Rurales y Lugares de Preferente Interés Sociala la Red del
Servicio Móvil – Centro Norte”. El referido proceso de selección
no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza,
desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto
por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº
05-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010.
Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá
por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de
la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su
conocimiento y fi nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
510686-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 277-2010-MTC/03
Lima, 16 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28900 se otorga al Fondo de
Inversión en Telecomunicaciones - FITEL, la calidad de
persona jurídica de Derecho Público, adscribiéndolo al Sector
Transportes y Comunicaciones. Asimismo, se dispuso que
el FITEL sea administrado por un Directorio presidido por
el titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones e
integrado por el titular del Ministerio de Economía y Finanzas y
el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor
de inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL;
Que, el numeral 1) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, mediante el cual se aprueba el Reglamento
de Administración y Funciones del Fondo de Inversión en
Telecomunicaciones – FITEL, establece como una de las
funciones del FITEL, formular Programas y Proyectos que
involucren la provisión de servicios de telecomunicaciones en
áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés
social, así como la infraestructura de telecomunicaciones y
estudios relativos a éstos para garantizar el acceso a tales
servicios.
Que, asimismo, el numeral 7) del artículo 7º del
Decreto Supremo Nº 036-2008-MTC, establece como
una de las funciones del Directorio del FITEL, encargar
a PROINVERSIÓN la conducción de las licitaciones y/o
concursos públicos de los Programas y/o Proyectos, a ser
fi nanciados con los recursos del FITEL;
Que, el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 010-2007-
MTC, Reglamento de la Ley Nº 28900, concordante con el
artículo 4º de la Ley Nº 28900, dispone que la Agencia de
Promoción de Inversión Privada – PROINVERSIÓN es la
entidad encargada de realizar las licitaciones y concursos
públicos destinados a seleccionar a la persona natural o
jurídica a la que se le adjudicará los recursos del FITEL
para el fi nanciamiento de Programas y Proyectos de
telecomunicaciones y que dichos procesos de selección se
regirán por normas de la mencionada entidad;
Que, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto
de éste Ministerio, mediante Informe Técnico Nº 1465-2009-
MTC/09.02 de fecha 23 de diciembre de 2009, declaró
viable el estudio de preinversión a nivel de prefactibilidad
del Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y Lugares
de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil
– Centro Sur”, de conformidad con los dispuesto por la
normativa aplicable al Sistema Nacional de Inversión
Pública – SNIP;
Que, el Proyecto “Integración de las Áreas Rurales y
Lugares de Preferente Interés Social a la Red del Servicio Móvil
– Centro Sur”, formulado por la Secretaría Técnica del FITEL,
comprenderá como Departamentos benefi ciarios a Apurimac,
Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua,
Puno y Tacna, y brindará los servicios de telefonía fi ja de
abonados y telefonía móvil para cincuenta y nueve capitales
de distrito, benefi ciando directamente a sus pobladores.
Que, asimismo dicho Proyecto se implementará a través
de una solución mixta (terrestre – satelital), sobre una
infraestructura existente que pertenece a los operadores
de comunicaciones móviles.
Que, el referido Proyecto ha sido formulado de forma
independiente dentro de un conjunto de tres Proyectos
móviles, atendiendo a la necesidad de preservar la
competencia que existe en el servicio de comunicaciones
móviles, a fi n de evitar un desbalance en la actual situación
de equilibrio en la cobertura de los operadores.
Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 03-20010/FITEL
de fecha 25 de febrero de 2010, el Directorio del FITEL
acordó por unanimidad encargar a la Agencia de Promoción
de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción
del proceso para la selección del operador que tendrá a
su cargo la implementación del Proyecto “Integración de
las Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social
a la Red del Servicio Móvil – Centro Sur”, disponiendo la
formalización del referido encargo mediante Resolución
Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28900, el
Decreto Supremo Nº 010-2007-MTC y Decreto Supremo Nº
036-2008-MTC, así como lo dispuesto por la Ley Nº 29370,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 021-2007-MTC y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Encargar a la Agencia de Promoción de
la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, la conducción del
proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su
cargo la implementación del Proyecto “Integración de las Áreas
Rurales y Lugares de Preferente Interés Social a la Red del
Servicio Móvil – Centro Sur”. El referido proceso de selección
no deberá ser fusionado con ningún otro de similar naturaleza,
desarrollándolo de manera independiente; según lo dispuesto
por el Directorio del FITEL mediante el Acuerdo de Directorio Nº
03-2010/FITEL, de fecha 25 de febrero de 2010.
Artículo 2º.- El referido proceso de selección se regirá
por el marco legal aplicable a los procesos de promoción de
la inversión, a cargo de PROINVERSIÓN.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a
la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su
conocimiento y fi nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
510683-1
Declaran resuelto contrato de
concesión suscrito con persona natural
para la prestación del servicio público
de distribución de radiodifusión por
cable, otorgado por R.M. Nº 732-2007-
MTC/03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 279-2010-MTC/03
Lima, 16 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 732-2007-
MTC/03 de fecha 03 de diciembre de 2007, se otorgó
concesión única al señor DAVID GUZMÁN AZURIN
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