RESOLUCION, Nº 0323-A-2015-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Restablecen la vigencia de la credencial otorgada a alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali-RESOLUCION-Nº 0323-A-2015-JNE

Fecha de disposición09 Noviembre 2015
Fecha de publicación29 Noviembre 2015

Expediente N° J-2015-0050

CURIMANÁ - PADRE ABAD - UCAYALI

Lima, nueve de noviembre de dos mil quince

VISTO el Oficio N° 848-2015-P-CSJUC/PJ, recibido el 9 de noviembre del presente año, remitido por Federik Randolp Rivera Berrospi, presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, a través del cual remite copia certificada de la Resolución N° 17, de fecha 19 de octubre de 2015, por medio de la cual se dejó sin efecto las órdenes de ubicación y captura recaídas sobre Loiber Rocha Pinedo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Curimaná, provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali.

CONSIDERANDOS

  1. Mediante Resolución N° 6, del 17 de diciembre de 2014, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Campo Verde dictó prisión preventiva contra Loiber Rocha Pinedo por el plazo de seis meses, en el proceso penal que se le sigue por la presunta comisión del delito de colusión desleal agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Curimaná.

  2. Por este motivo, a través de la Resolución N° 61-2015-JNE, del 25 de febrero de 2015, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones dejó sin efecto la credencial que reconoce a Loiber Rocha Pinedo como alcalde de Curimaná. No se dispuso la suspensión de la referida autoridad debido a que aún no había cumplido con juramentar en el cargo.

  3. Posteriormente, por medio de la Resolución N° 2, del 28 de abril de 2015, emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Campo Verde, se declaró fundada la solicitud de cesación de prisión preventiva formulada por Loiber Rocha Pinedo, y se dictó que cumpla la medida de comparecencia con restricciones. Por este motivo, a través de la Resolución N° 151-2015-JNE, se dejó sin efecto...

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