Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleo

Fecha de disposición05 Diciembre 2004
Fecha de publicación05 Diciembre 2004
Pág. 281787
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 5 de diciembre de 2004
dos, teñidos o con hilados de diferentes colores, de an-
cho igual o superior a 2,20 metros, cuyo gramaje esté
comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/m2, inclusive, origi-
narios de la República de Pakistán.
Segundo.- Modificar la Resolución Nº 017-2004/
CDS-INDECOPI en el extremo relativo al cálculo de los
derechos antidumping definitivos, quedando éstos fija-
dos en 0,47 US$/Kg para las importaciones de tejidos
planos de ligamento tafetán, popelina poliéster/algodón
(mezclas en cualquier composición), estampados cru-
dos, blanqueados, teñidos o con hilados de diferentes
colores, de ancho igual o superior a 2,20 metros, cuyo
gramaje esté comprendido entre 50 gr/m2 y 250 gr/m2,
inclusive, originarios de la República de Pakistán.
Tercero.- Disponer que la Secretaría Técnica solicite
al Directorio del Indecopi la publicación por una vez de la
presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, se-
gún lo establecido en el artículo 33º del Decreto Supre-
mo Nº 006-2003-PCM. La resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente su publicación.
Con la intervención de los señores vocales: Juan
Francisco Rojas Leo, Julio Baltazar Durand Carrión,
José Alberto Oscátegui Arteta, Luis Bruno Semina-
rio De Marzi y Lorenzo Antonio Zolezzi Ibárcena.
JUAN FRANCISCO ROJAS LEO
Presidente
ANEXOS
Anexo Nº 1
Mercado interno de tejidos de popelina poliéster/algodón
de ancho mayor a 2,20 metros (Kg)
Período: 1998 - 2002
1998 1999 2000 2001 2002
Rama de Producción Nacional 525,099 615,368 681,876 545,882 526,280
Perú Pima S.A. 525,099 615,368 664,353 493,888 496,739
Tejidos San Jacinto S.A. n.d. n.d. 17,523 51,994 29,541
Importaciones 91,760 122,944 232,055 487,666 579,425
China - 21,186 780 40,110 7,490
Ecuador - 1,823 6,593 - 9,311
España 939 1,894 4,210 952 6,850
Pakistán 83,802 94,197 209,240 445,030 533,904
Otros 7,019 3,844 11,232 1,574 21,870
Total Mercado Interno 616,858 738,312 913,931 1,033,5481,105,705
Elaboración: ST-SDC/INDECOPI
Anexo Nº 2
Participación en el Mercado interno de tejidos de popelina
poliéster/algodón
de ancho mayor a 2,20 metros (%)
Período: 1998 - 2002
1998 1999 2000 2001 2002
Rama de Producción Nacional 85% 83% 75% 53% 48%
Perú Pima S.A. 85% 83% 73% 48% 45 %
Tejidos San Jacinto S.A. n.d. n.d. 2% 5% 3%
Importaciones 15% 17% 25% 47 % 5 2%
China 0% 3% 0% 4 % 1 %
Ecuador 0% 0% 1% 0% 1%
España 0% 0% 0% 0% 1%
Pakistán 14% 13% 23 % 4 3% 48%
Otros 1% 1% 1% 0% 2%
Total Mercado Interno 100% 100% 100% 100% 100%
Elaboración: ST-SDC/INDECOPI
6 3 Reglamento sobre Medidas Antidumping y Compensatorias, Decreto Supremo
Nº 006-2003-PCM, Artículo 33º Publicación de resoluciones.- La resolución de
inicio de investigación, así como las resoluciones que establezcan derechos
antidumping o derechos compensatorios, provisionales y definitivos, las que
supriman o modifiquen tales derechos y las que ponen fin o suspenden la
investigación serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano por una sola
vez.
22039
INICTEL
Designan funcionaria responsable de
remitir ofertas de empleo al Programa
Red CIL Proempleo
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN
Y CAPACITACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 121-2004-MTC/INICTEL-PE
San Borja, 29 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº
012-2004-TR, todo Organismo Público y Empresa del
Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL
Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan
previsto concursar, excepto los puestos clasificados
como de confianza, a efecto de que se difundan por
los medios de comunicación que señala la norma en
mención;
Que, de conformidad con el artículo 2º del acota-
do dispositivo legal, los Organismos Públicos desig-
narán al funcionario responsable de remitir las ofer-
tas de empleo de la entidad, al mencionado progra-
ma, con diez (10) días hábiles de anticipación, al
inicio del concurso de los puestos de trabajo vacan-
tes a ofertar;
Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº
4.31.2004 adoptado en su Sesión Ordinaria de 25 de
noviembre de 2004, ha designado a la Lic. Adriana
Simona Burkli Escurra, Jefa de la División de Recur-
sos Humanos como la funcionaria responsable de
cumplir con remitir la información pertinente de acuer-
do a lo dispuesto en el D.S. Nº 012-2004-TR;
Que, en consecuencia es necesario realizar el
Acto Administrativo correspondiente que formalice
dicha designación;
Con las visaciones de la Dirección General, de la
Oficina de Administración y Finanzas y de la Oficina
de Asesoría Legal;
En uso de las facultades conferidas en el artículo
24º inciso o) del Estatuto del INICTEL, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 017-2001-MTC de 23 de abril
de 2001 y modificado por Decreto Supremo Nº 042-
2001-MTC de 6 de setiembre de 2001;
SE RESUELVE:
Primero.- DESIGNAR, a la licenciada Adriana Si-
mona Burkli Escurra, Jefa de la División de Recur-
sos Humanos de la Oficina de Administración y Finan-
zas, como la funcionaria responsable de remitir las
ofertas de empleo al Programa Red CIL Proempleo
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en
cumplimiento del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR.
Segundo.- PUBLICAR, la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
RAMIRO COELLO RAMOS
Presidente Ejecutivo
22056
OSINERG
Aprueban Reglamento de la Junta de
Apelaciones de Reclamos de Usuarios
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA
OSINERG Nº 312-2004-OS/CD
Lima, 23 de noviembre de 2004

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