Resolución Directoral Nº 641 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2017

Número de resolución641 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
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V¡sto, el Exped¡ente N" 1001629-2016-MINCETUR, de fecha 11.10.2016, en el que la
empresa SIERRA MACHINES S.A.C., sol¡c¡ta Renovac¡ón de Autor¡zac¡ón Expresa para la
explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "SALA CHIMBOTE,,, ubicada en Av.
Victor Raúl Haya de la Tone N'746, d¡str¡to de Chimbote, prov¡nc¡a del Santa, departamento de
Ancash;
CONSIDERANDO:
Que, med¡ante Ley N'27153, y normas modif¡catorias, y su Reglamento aprobado med¡ante
Decreto Supremo N' 009-2002-MINCETUR, se regula la explotación de los juegos de casino y
máqu¡nas tragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo 24" del citado cuerpo legal que
corresponde a la Direcc¡ón General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades
adm¡nistrativas de autor¡zación, f¡scalizac¡ón, superv¡sión, evaluación y sanc¡ón v¡nculadas a las
explotaciones antes referidas.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 13'de la Ley N' 27153 y normas
modificatorias, para la explotac¡ón dejuegos de máquinas tragamonedas se requiere de autor¡zac¡ón
expresa emit¡da por la Oirección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas.
Que, en el articulo'14" de la Ley antes menc¡onada asi como el articulo 7" de su Reglamento,
aprobado med¡ante Decreto Supremo N" 009-2002-MINCETUR, se establecen los requisitos que los
solicitantes deben cumpl¡r para accede¡ a la menc¡onada autorización.
Que, mediante Expediente N" 1001629-201o-MINCETUR, de fecha 11.10.2016, la empresa
SIERRA MACHINES S.A.C., sol¡c¡ta autor¡zac¡ón expresa para la explotación de juegos de
máquinas tragamonedas en la sala de juegos "SALA GHIMBOTE", ubicada en Av. Vfctor Raúl
Haya de la Torre N' 746, d¡strito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash.
Que, la solic¡tante ha efectuado el pago por concepto de derecho de trámite por la suma de
S/. 1.191.56 soles. Según consta en el Recibo N" 05022741-5-C, defecha'11.10.2016. Al respecto,
el Proced¡m¡ento N" 24 del TUPA de MINCETUR aprobado med¡ante Decreto Supremo N'006-
2o05-MINCETUR establece que el pago por derecho de trámite es de 1.191.56 soles, por lo tanto
este requisito cumpl¡do por la solicitante.
Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el artfculo 5 o de la Ley N'27153, y
sus normas modifcatorias, según consta en el Informe N' 828-2016-
MINCETURA/MT/DGJCMT/DCS-MESL, de fecha 23.11.2016, e Informe N' 0t2-2017-
MINCETURruMT/DGJCMT/DFCS-LESG de fecha 06.01.2017, y en aplicación de lo establecido en
la D¡rect¡va N" 001-2oo7-MINCETUR /MT/DGJCMT, aprobada med¡ante Resolución Oirectoral No
038-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, se determinó que la sala de juegos no se encuentra ubicada
a menos de c¡ento cincuenta ('150) metros contados s¡gu¡endo el mín¡mo tráns¡to peatonal de n¡ngún
centro de estud¡o de educación in¡c¡al, primar¡a y secundar¡a ni templos, tal como se puede
demostrar en el v¡deo de med¡c¡ón de distanc¡as.
Que, la acreditación del derecho de propiedad y de poses¡Ón de las c¡ento qu¡nce máquinas
tragamonedas ('1 15) máqu¡nas tragamonedas y las doscientos d¡ec¡séis (216) memor¡as de sÓlo
leciura; se ha acreditado med¡ante la ResoluciÓn D¡rectoral N" 2351'2016'
. MINCETURA/MT/DGJCMT, de fecha 04.08.2016, la m¡sma que se emit¡ó a mérito de los
)xpedientes N' 979489 y 979491-2016 de fecha 28.07.2016. Efectivamente, en la úllima
'üodiflcación de la autorización expresa por retiro, ¡ncremento y reemplazo de máqu¡nas
lagamonedas, y memor¡as de sólo lectura, se encuentran acred¡tados según la documentac¡Ón que
lorma parte de dichas evaluaciones.
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