Resolución Directoral Nº 1738 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2017

Número de resolución1738 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N" ,f 13 B -20,t7-MrNcEruR/vMr/DGJcMr
Lima' ¡ 5 ,¡¡¡. 2ol7
Visto, el Exped¡ente N' 1022668-20'17-MINCETUR, de fecha 19.01.2017, en el que la empresa
PADDINGTON S.A.C. solicita se le otorgue autor¡zac¡ón expresa para la explotac¡ón de máquinas
tragamonedas como consecuenc¡a de la transferenc¡a de la salá de juegos "SPLENDIDA' del Restauranle
Cirico (5) Tenedores Turíst¡co 'CUBATTA', ubicada en Av. Canto crande Nros. 2366 - 2368, Urbanización
San lgnac¡o, Oistr¡to de San Juan de Lurigancho, Prov¡ncia y Depadamento de L¡ma, autorizada a la empresa
GAMÉOL S.A.C. mediante Resotución D¡rectorat N" 3390-2014-M¡NCETUR /MT/DGJCMT, de fecha
17 .1't.2014:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley No 27153, y normas modificatorias, y su Reglamento aprobado mediante Decreto
N" oo9-2002-MINbETUR, se reguló la explotac¡ón de los juegos de cas¡no y máquinas tragamonedas
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'l /-..iVen et pa¡s, estabteciéndose en el artículo 24" del c¡tado cuerpo legal.que coresponde a.la DirecciÓn General
Kt/ a" Ju|gos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facultades administrat¡vas de autorizaciÓn, fiscal¡zación,
superuisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes referidas;
Que, de conformidad con el aftículo 11' del Reglamento del citado cuerpo legal, apfobado mediante
supremo N" oo9-2002-MINCETUR, de fecha 11 .1 1.2002, la autorizac¡ón expresa para la explotaciÓn
juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas es ¡ntransferible;
Que, mediante Decreto Supremo N" 006-2008-MINCETUR' de fecha 05052008, y normas
, se aprobaron las normas complementar¡as pará el otorgamiento de Autoril?c¡Ón Expresa en
iasos de transferencia de salas de juego autbrizadas, estableciéndose en los artículos 16'y siguientes los
,"qr¡"¡t"a y cond¡ciones que debeÁ cúmplir los interesados para el reconocim¡ento admin¡strativo de la
transferencia de sala de juegos real¡zada;
Que, mediante Exped¡ente N".1022668-2017-M|NoETUR' de fecha 19.01.2017, |as empresas
GAMBOaSj\.C. i p¡OOfñAfOH S.A.C. presentaron una sol¡c¡tud de "Autorización expresa y declarac¡ón
irráá" "" ."i" ¿" úansferencia de salas de juegos", en calidad de tran.slerente y adquiriente, respectivamente,
Li"é¡¿"6""" a pi"cedimiento prev¡sto en einuÉreral 17.2 del arlículo '17 del cuerpo legat antes señalado, toda
véi-que ta a¿qu¡r¡ente no cuenia con autor¡zac¡ones para la explotación de máqu¡nas tragamonedas;
Que, por su parte, la sala de juegos 1e máquinas ^tragamonedas objeto de la transferencia'
"orr".pond" "'i, denominada "Spt-i¡OIó¡;¿et Restauiante C¡nCo (5) Tenedores Turist¡co -"CUBATTA''
uu¡á¿'" "n Av. Canio Grande Nros. 2366 - 2368, Ufbanización san lgnacio, D¡strito d_e san Juan.de
iuiilancrro, erovincia y oepartamenió oáL¡ma, auto¡za¿a a la em ellGA tBoL s.A.c. med¡ante Resolución
Direáoral N' 3390-20i,l-i/t|NCETURA/MT/DGJCMT, de techa 17 1 1'2O14i
Que, la transferencia de la sala de juegos se encuenlfa acred¡tada mediante test¡mon¡o de Escritura
públ¡ca doi mil quinientos oct¡enta izseo), áeíecha 't2.12.2o16, otorgada ante Notario Público de Lima Dr'
i;ü;ü"t;rd; ó";;i, fue cereurarin raíempresas GAnnBOl S.A.C. y PADDTNGTON S.A.C., en calidad de
transferente y adqu¡riente, respectivamente.
Que,e|estab|ecimientoene|queseencuentrainsta|ada|asa|adejuegoses.e|Re-staurantecinco
tsl reneioiá! Jur-¡sr¡"o ;cue¡¡¡¡ I ;uyo tirular es la empresa.RUASUN RESTAURANTES S.A.C., según
.consla en el certificado de careg;r;;;íón con Registro N' '193,.de fecha 04j22014' vigente hasta el
'1l ilzóte, eipedido por ra oireccion Ñac¡onat debesarrollo Turístico del viceministerio de Turismo del
Min¡ster¡o de Comercio Exter¡or y Turismo;

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