Resolución Directoral Nº 1565 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT de Ministerio de Comercio Exterior, 2017

Número de resolución1565 - 2017 - MINCETUR/DGJCMT
Año2017
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
N" /é7¿ { -2017-M INGETUR/VMT,DGJcMT
L¡ma, 2 5 uN0 ?017
Visto, la Resolución Dhectoral N" 2722-2010-MINCETUR¡/MT/DGJCMT de 10.1 1.2010;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley 27693 se crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Peni, UIF- Perú,
encargada de recibir, analizar, tratar, evaluár y transm¡tir información para la detección del lavado
de ect¡vos yio del financiamiento del terrorismo, así como, de coadyuvar a la implementación por
parte de los sujetos obligados, del sistema para detectar operac¡ones sospechosas de lavado de
activos y/o del financiamiento del terrorismo;
Que, asimismo, la Ley 29038 dispuso la ¡ncorporación de la UIF-Perú a la Superintendencia
de Banca, Seguros y Admin¡stradoras Privadas de Fondos de Pensiones, como un¡dad
especializada para ejercer las competenc¡as, atribuciones y funciones establecidas en la Ley
27693 y normas modif¡catorias, complementarias y reglamentarias;
Que, acorde con lo dispuesto en el numeral 11) del artfculo 8o de la Ley 27693 y al artfculo
de la Ley 29038, se encuentran obligados a proporcionar informac¡ón a la UIF-Perú, entre otros,
cas¡nos, las casas de juego, los tragamonedas y otras similares;
Que, la Ley 27153 consagra como su objeto, el evitar que la explotación de los juegos de
óasino y máquinas tragamonedas sea empleada para propósitos ¡lfcitos y asimismo establece a Ia
Direcc¡ón General de Juegos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas - DGJCMT como la autoridad
competente para autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar la citada actividad;
Que, en ese sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artfculo 3" de la Ley 27693'
mediante Resolución sBS N. 1695-2016, se aprobÓ la Norma para la Prevención de Lavado de
activos y financiamiento del terrorismo aplicable a las personas jurfdicas que explotan juegos de
casino y/o máquinas tragamonedas" a f¡n de opt¡m¡zar la prevenciÓn de lavado de act¡vos y/o
financiamiento del terrorismo en la explotación de los juegos de casino y máqu¡nas tragamonedas;
La mencionada Norma ha impuesto que los t¡tulares de salas de juego -en su condiciÓn de
sujetos obligados- deben designar un Ofic¡al de Cumplimiento responsable de velar por la
oblervancia-e implementación de los controles y mecanismos necesarios dentro del marco de
s¡stema de prevención de lavado de act¡vos y/o financiamiento del terrorismo;

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