ResoluciónNº 094-2018 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Disponen la inscripción de los valores mobiliarios denominados "Tercera Emisión del Primer Programa de Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A."hasta por un monto máximo en circulación de S/. 70 000 000,00)

Fecha08 Noviembre 2018
Número de resolución094-2018
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA MUJERES Y HOMBRES AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL
1
Resolución de Intendencia General SMV
094-2018-SMV/11.1
Lima, 08 de noviembre de 2018
El Intendente General de Supervisión de Conductas
Vistos:
El expediente Nº 2018043670, así como el Informe Interno
1270-2018SMV/11.1 del 08 de noviembre de 2018, de la Intendencia General de
Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercados.
Considerando:
Que, el 05 de noviembre de 2018, EDPYME Santander
Consumo Perú S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores SMV la
inscripción de los valores denominados “Tercera Emisión del Primer Programa de
Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.”, hasta por un
monto máximo en circulación de S/ 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Soles),
así como el registro del Complemento del Prospecto Marco en el Registro Público del
Mercado de Valores, y la inscripción secundaria de dichos valores en el Registro de
Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la revisión efectuada en el marco de la solicitud a
la que se contrae la presente Resolución, se ha verificado que en las Juntas Generales
de Accionistas de EDPYME Santander Consumo Perú S.A. del 30 de noviembre de
2016, 17 de febrero de 2017 y 01 de diciembre de 2017 se aprobó la emisión de
instrumentos de deuda en el mercado local hasta por un monto máximo en circulación
de S/ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 Soles), autorizando a su Directorio
para determinar la estructura de la emisión, así como sus términos, condiciones y
características. Asimismo, autorizó al Directorio de EDPYME Santander Consumo Perú
S.A. para que pueda delegar las referidas facultades en gerentes, funcionarios o
apoderados del emisor;
Que, en virtud de las facultades otorgadas, en Sesión de
Directorio de EDPYME Santander Consumo Perú S.A. del 27 de junio de 2017, se
aprobaron los términos y condiciones generales del “Primer Programa de Instrumentos
de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.”; asimismo, se otorgaron
facultades a determinados funcionarios para que cualquiera de ellos en representación
de la empresa, actuando en forma individual, pueda determinar todos los términos y
condiciones de las emisiones y series que se realicen en el marco del referido programa
de emisión;
Que, el 01 de diciembre de 2017, se inscribió, mediante
Resolución de Intendencia General SMV N° 086-2017-SMV/11.1, el “Primer Programa
de Instrumentos de Corto Plazo de EDPYME Santander Consumo Perú S.A.” hasta por
un monto máximo en circulación de S/ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100

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