Resolucion vice ministerial N° 015-2023-EF/15.01. Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales

Fecha de publicación07 Septiembre 2023
SecciónSección Única
10 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2023
El Peruano
/
senasa), el mismo día de su publicación en el diario
ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ORLANDO ANTONIO DOLORES SALAS
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
2212112-1
DESARROLLO E
INCLUSIÓN SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad Territorial
La Libertad del Programa Nacional de
Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº D000493-2023-MIDIS/PNAEQW-DE
Santiago de Surco, 6 de septiembre del 2023
VISTOS:
El Memorando Nº D002399-2023-MIDIS/PNAEQW-
URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe
Nº D000749-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de
Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma;
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de conanza de
Jefa/e de la Unidad Territorial La Libertad del Programa
Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
Que, se ha visto por conveniente designar al
profesional que desempeñará el mencionado cargo;
Que, a través de los documentos de vistos, la
Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría
Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar al
profesional que se desempeñará como Jefe de la Unidad
Territorial La Libertad;
Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la
Unidad de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto
Supremo 008-2012-MIDIS, y sus modicatorias, la
Resolución Ministerial 283-2017-MIDIS, y la Resolución
Ministerial Nº 073-2023-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 7 de setiembre de
2023 al señor OTTO EUGENIO VARGAS BARRANTES
en el cargo de conanza de Jefe de la Unidad Territorial La
Libertad del Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión
Documentaria y Atención al Ciudadano, la noticación
de la presente Resolución a las Unidades Territoriales,
las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma,
a través de medios electrónicos.
Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de
Comunicación e Imagen efectúe la publicación de
la presente Resolución en el Portal Institucional del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
(www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión.
Regístrese, notifíquese y publíquese.
NANCY NERIDA AUCAHUASI DONGO
Directora Ejecutiva
Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma
2212694-1
ECONOMÍA Y FINANZAS
Fijan índices de corrección monetaria para
efectos de determinar el costo computable
de los inmuebles enajenados por personas
naturales, sucesiones indivisas o sociedades
conyugales que optaron por tributar como
tales
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 015-2023-EF/15.01
Lima, 5 de setiembre de 2023
Fijan índices de corrección monetaria para efectos
de determinar el costo computable de los inmuebles
enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas
o sociedades conyugales que optaron por tributar como
tales
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 21 del Texto Único Ordenado
de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto
Supremo N° 179-2004-EF, se dispone que en el caso de
enajenación de bienes inmuebles el costo computable
es el valor de adquisición o construcción reajustado por
los índices de corrección monetaria que establece el
Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices
de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI);
Que, conforme al segundo párrafo del acápite ii) del
numeral 5 del literal b) del artículo 11 del Reglamento
de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N° 122-94-EF, modicado por la Única
Disposición Complementaria Modicatoria del Decreto
Supremo N° 027-2023-EF, los índices de corrección
monetaria son jados mensualmente por Resolución
Viceministerial del Viceministro de Economía del
Ministerio de Economía y Finanzas, la cual es publicada
dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes;
Que, en tal sentido, es conveniente jar los referidos
índices de corrección monetaria;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por
el Decreto Supremo N° 179-2004-EF, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Fijan Índices de Corrección Monetaria
En las enajenaciones de inmuebles que las personas
naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales
-que optaron por tributar como tales- realicen desde
el día siguiente de publicada la presente Resolución
Viceministerial hasta la fecha de publicación de la
Resolución Viceministerial mediante la cual se jen los
índices de corrección monetaria del siguiente mes, el
valor de adquisición o construcción, según sea el caso,
se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección
monetaria correspondiente al mes y año de adquisición
del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la
presente Resolución Viceministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Viceministerial y su Anexo
se publican en la sede digital del Ministerio de Economía
y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de
publicación de la presente norma en el Diario Ocial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZÓSIMO JUAN PICHIHUA SERNA
Viceministro de Economía
2212288-1
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/09/2023 01:16

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