Resolucion vice ministerial N° 015-2023-EF/15.01. Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
Fecha de publicación | 07 Septiembre 2023 |
Sección | Sección Única |
10 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2023
El Peruano
/
senasa), el mismo día de su publicación en el diario
ocial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ORLANDO ANTONIO DOLORES SALAS
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
2212112-1
DESARROLLO E
INCLUSIÓN SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad Territorial
La Libertad del Programa Nacional de
Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº D000493-2023-MIDIS/PNAEQW-DE
Santiago de Surco, 6 de septiembre del 2023
VISTOS:
El Memorando Nº D002399-2023-MIDIS/PNAEQW-
URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe
Nº D000749-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de
Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma;
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de conanza de
Jefa/e de la Unidad Territorial La Libertad del Programa
Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
Que, se ha visto por conveniente designar al
profesional que desempeñará el mencionado cargo;
Que, a través de los documentos de vistos, la
Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría
Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar al
profesional que se desempeñará como Jefe de la Unidad
Territorial La Libertad;
Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la
Unidad de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto
Supremo Nº 008-2012-MIDIS, y sus modicatorias, la
Resolución Ministerial Nº 283-2017-MIDIS, y la Resolución
Ministerial Nº 073-2023-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 7 de setiembre de
2023 al señor OTTO EUGENIO VARGAS BARRANTES
en el cargo de conanza de Jefe de la Unidad Territorial La
Libertad del Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión
Documentaria y Atención al Ciudadano, la noticación
de la presente Resolución a las Unidades Territoriales,
las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma,
a través de medios electrónicos.
Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de
Comunicación e Imagen efectúe la publicación de
la presente Resolución en el Portal Institucional del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
(www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión.
Regístrese, notifíquese y publíquese.
NANCY NERIDA AUCAHUASI DONGO
Directora Ejecutiva
Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma
2212694-1
ECONOMÍA Y FINANZAS
Fijan índices de corrección monetaria para
efectos de determinar el costo computable
de los inmuebles enajenados por personas
naturales, sucesiones indivisas o sociedades
conyugales que optaron por tributar como
tales
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 015-2023-EF/15.01
Lima, 5 de setiembre de 2023
Fijan índices de corrección monetaria para efectos
de determinar el costo computable de los inmuebles
enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas
o sociedades conyugales que optaron por tributar como
tales
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 21 del Texto Único Ordenado
de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto
Supremo N° 179-2004-EF, se dispone que en el caso de
enajenación de bienes inmuebles el costo computable
es el valor de adquisición o construcción reajustado por
los índices de corrección monetaria que establece el
Ministerio de Economía y Finanzas en base a los Índices
de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI);
Que, conforme al segundo párrafo del acápite ii) del
numeral 5 del literal b) del artículo 11 del Reglamento
de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el
Decreto Supremo N° 122-94-EF, modicado por la Única
Disposición Complementaria Modicatoria del Decreto
Supremo N° 027-2023-EF, los índices de corrección
monetaria son jados mensualmente por Resolución
Viceministerial del Viceministro de Economía del
Ministerio de Economía y Finanzas, la cual es publicada
dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes;
Que, en tal sentido, es conveniente jar los referidos
índices de corrección monetaria;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único
Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por
el Decreto Supremo N° 179-2004-EF, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 122-94-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Fijan Índices de Corrección Monetaria
En las enajenaciones de inmuebles que las personas
naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales
-que optaron por tributar como tales- realicen desde
el día siguiente de publicada la presente Resolución
Viceministerial hasta la fecha de publicación de la
Resolución Viceministerial mediante la cual se jen los
índices de corrección monetaria del siguiente mes, el
valor de adquisición o construcción, según sea el caso,
se ajusta multiplicándolo por el índice de corrección
monetaria correspondiente al mes y año de adquisición
del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la
presente Resolución Viceministerial.
Artículo 2.- Publicación
La presente Resolución Viceministerial y su Anexo
se publican en la sede digital del Ministerio de Economía
y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de
publicación de la presente norma en el Diario Ocial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZÓSIMO JUAN PICHIHUA SERNA
Viceministro de Economía
2212288-1
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 07/09/2023 01:16
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