Resolucion vice ministerial N° 000196-2023-VMPCIC/MC. Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a doscientos ochenta y ocho bienes culturales muebles, pertenecientes al Ministerio de Cultura

Fecha de publicación30 Agosto 2023
SecciónSección Única
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NORMAS LEGALES
Miércoles 30 de agosto de 2023
El Peruano
/
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, conjuntamente con empresas del
sector turismo, participará en la Feria Internacional “PURE
2023”, a realizarse en la ciudad de Marrakech, Reino de
Marruecos, del 10 al 13 de setiembre de 2023, dirigida
a profesionales de la industria turística internacional,
especializada en viajes y servicios, con el n de incentivar
la comercialización y diversicación de la oferta peruana
en el segmento de altos ingresos económicos; para
tal efecto, el día 09 de setiembre del mismo año, se
ejecutarán acciones previas para la óptima presentación
del pabellón Perú en la referida feria;
Que, es importante la participación de PROMPERÚ
en esta feria internacional, por constituir un espacio
idóneo para la promoción y difusión de la oferta turística
del Perú, a más de seiscientos tour operadores y
agentes de viaje que ofrecen turismo de lujo a nivel
global; además, el evento mantendrá un formato de
reuniones personalizadas (business to business), donde
los participantes exponen sus destinos turísticos, lo que
permitirá conocer las nuevas tendencias, estilos de viaje
y las acciones de la competencia directa e indirecta a
nuestro destino;
Que, siendo de interés institucional la participación
en la Feria Internacional “PURE 2023”, la Presidencia
Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice
el viaje al exterior de la señora Jennifer Stephanie Pizarro
Chizan, quien labora en la Subdirección de Promoción
del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del
Turismo, para que en representación de PROMPERÚ
desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística
del Perú en la feria internacional antes mencionada;
Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes
al exterior de servidores, funcionarios o representantes
del Estado con cargo a los recursos públicos, deben
realizarse en categoría económica y ser autorizados
conforme lo establece la Ley Nº 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de los servidores y
funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;
De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley Nº 27619, Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de los
servidores y funcionarios públicos y sus modicatorias;
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba
las normas reglamentarias sobre autorización de viajes
al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus
modicatorias; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones
de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Jennifer
Stephanie Pizarro Chizan, profesional de la Subdirección
de Promoción del Turismo Receptivo de la Dirección de
Promoción del Turismo, a la ciudad de Marrakech, Reino
de Marruecos, del 8 al 15 de setiembre de 2023, para que
en representación de PROMPERÚ participe en la Feria
Internacional “PURE 2023”, que se señala en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego
Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para
la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al
siguiente detalle:
Nombres y
Apellidos
Pasajes
aéreos Clase
Económica
US$
Zona
Geográca
Viáticos
por día
US$
Total
Viáticos
US$
Jennifer Stephanie
Pizarro Chizan 3 114,89 África 480,00 x 5 2 400,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, la señora Jennifer
Stephanie Pizarro Chizan, presentará a la Titular del Pliego
Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre
las acciones realizadas y los logros obtenidos durante
la feria internacional a la que asistirá; asimismo, deberá
presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo
a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2203525-1
CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a
doscientos ochenta y ocho bienes culturales
muebles, pertenecientes al Ministerio de
Cultura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 000196-2023-VMPCIC/MC
San Borja, 18 de agosto del 2023
VISTOS: el Informe N° 000280-2023-DGM/MC de
la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación
000552-2023-OGAJ/MC de la Ocina General de
Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú
prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos,
construcciones, monumentos, lugares, documentos
bibliográcos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de
valor histórico, expresamente declarados bienes culturales,
y provisionalmente los que se presumen como tales, son
Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de
su condición de propiedad privada o pública; los mismos
que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, conforme a lo establecido en el artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio
Cultural de la Nación y modicatorias, se entiende por
bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a todo
lugar, sitio, paisaje, edicación, espacio o manifestación
material o inmaterial relacionada o con incidencia en el
quehacer humano, que por su importancia, signicado y
valor arqueológico, arquitectónico, histórico, urbanístico,
artístico, militar, social, simbólico, antropológico,
vernacular o tradicional, religioso, etnológico, cientíco,
tecnológico, industrial, intelectual, literario, documental
o bibliográco sea expresamente declarado como tal o
sobre el que exista la presunción legal de serlo;
Que, a través del artículo IV del Título Preliminar de la
norma citada, se declara de interés social y de necesidad
pública la identicación, generación de catastro, delimitación,
actualización catastral, registro, inventario, declaración,
protección, restauración, investigación, conservación, puesta
en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su
restitución en los casos pertinentes;
Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada
ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de
la Nación los bienes materiales muebles, entre los
que se encuentran, el producto de las excavaciones y
descubrimientos arqueológicos, sea cual fuere su origen
y procedencia y otros objetos que sean declarados como
tales o sobre los que exista la presunción legal de serlos;
Que, conforme a lo previsto por el artículo 10 de la
Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de
la Nación y modicatorias, se pierde automáticamente
a favor del Estado la propiedad de los bienes muebles
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 30/08/2023 01:15

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