Resolucion Vice Ministerial N° 000234-2022-VMPCIC/MC. Declaran Patrimonio Cultural de la Nación al Carnaval Los Qarasacos de Huarataca del distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac

Fecha de publicación26 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Borja, 24 de octubre del 2022

VISTOS; el Informe N° 000611-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000582-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, con el Oficio N° 0196-2022-MDT/DA (Expediente N° 2022-0024535), la Municipalidad Distrital de Talavera solicita la declaratoria del Carnaval Los Qarasacos de Huarataca, distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, región de Apurímac como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, la comunidad de San Antonio de Huarataca se ubica en el distrito de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac. Históricamente, perteneció al distrito de Andarapa, hasta que, el 12 de agosto del año 1964, fue anexada al distrito de Talavera, constituyéndose como una comunidad independiente. En la actualidad, su territorio colinda por el norte con las comunidades de Toxama y Huampica del distrito de Andarapa, provincia de Andahuaylas; por el sur, con las comunidades de Piscobamba y Umaca del distrito de Ocobamba, provincia de Chincheros; por el este, con la comunidad de Otas Bellavista del distrito Talavera y las comunidades de Toxama y Huampica del distrito de Andarapa, ambos distritos de la provincia de Andahuaylas y por el oeste, con la comunidad de Piscobamba del distrito de Ocobamba, provincia de Chincheros;

Que, la comunidad de San Antonio de Huarataca forma parte de la región Quechua (2,300 a 3,500 m s.n.m), región natural donde las principales actividades socioeconómicas de la población son la agricultura y la ganadería. Por una parte, la actividad agrícola es de secano, motivo por el cual la producción agraria regular es anual. Así, utilizando tecnologías y conocimientos tradicionales, cultivan trigo, papa, maíz, quinua, kiwicha, mashua, olluco, oca, haba, arvejas, frejol, frutales, entre otros. Por otra parte, la actividad ganadera implica la crianza de ganado vacuno, ovino, caprino, porcino, así como animales menores como cuyes y gallinas;

Que, el nombre de la comunidad Huarataca, deriva de las palabras en idioma quechua huara, que significa pantalón hecho de piel de cabra y taca, que significa corto. Por tanto, huarataca significa pantalón corto hecho de cuero. Esta denominación se debe a que, desde antaño, los varones de la comunidad visten con pantalones hechos de cuero de ganado, indumentaria representativa de la comunidad que, debido a su material resistente y duradero, se utiliza como medida de protección durante las actividades agropecuarias que desarrollan;

Que, los pantalones cortos de cuero denominados como huarataca, son conocidos también como muquhuara, palabra quechua que se refiere especialmente a los pantalones cortos hechos a base de cuero de cabra. Tanto huarataca como muquhuara, además de servir para la realización de labores agropecuarias habituales, son utilizadas junto con el qarasaco, maquito y colito, saco, manga y chaleco hechos a base de cuero, que también forman parte de la indumentaria característica que los varones de la población visten durante los carnavales. Por este motivo se denomina a dicha festividad como Carnaval Los Qarasacos de Huarataca;

Que, en la comunidad de San Antonio de Huarataca, la temporada de carnavales es celebrada entre los meses de febrero o marzo, según dicte el calendario anual. Su...

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