RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 047-2015-MINEDU - Aprueban Norma Técnica que regula la creación de las Unidades de Gestión Educativa Local en el ámbito nacional, así como la inscripción en el Registro Nacional de Direcciones Regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y de Unidades de Gestión Educativa Local - RENDUGEL, y crean Registro Nacional

Fecha de disposición02 Septiembre 2015
Fecha de publicación02 Septiembre 2015
SecciónSección Única
560555
NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano
/
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
1: Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.0 Reserva de Contingencia 53 174 688,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 53 174 688,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 038: Ministerio de la Producción
UNIDAD EJECUTORA 001: Ministerio de la Producción
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS QUE NO
RESULTAN EN PRODUCTOS
:
PROYECTO 2274894: Mejoramiento del servicio de
comercialización del Gran Mercado de
Belén - Iquitos, Provincia de Maynas,
Departamento de Loreto
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
1: Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 53 174 688,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 53 174 688,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del pliego Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento y el pliego habilitado
en las Transferencias de Partidas a que se refieren
los numerales 1.1. y 1.2 del artículo 1 de la
presente norma, aprueban mediante Resolución, la
desagregación de los recursos autorizados a nivel
programático dentro de los cinco (05) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la Resolución será remitida dentro de los cinco (05)
días de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes
“Notas para Modif‌i cación Presupuestaria” que se
requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas
a que hace referencia el artículo 1 del presente
Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo
responsabilidad, a fines distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de la
Producción y el Ministro de Vivienda, Construcción y
Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día
del mes de setiembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
1282170-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 259-2015-EF/43
Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 259-
2015-EF/43, publicada el día 20 de agosto de 2015.
DICE:
“Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Of‌i cina
General de Administración para que, en representación del
Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato
aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.”
DEBE DECIR:
“Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Of‌i cina
General de Administración para que, en representación
del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el
contrato de prestación de servicios de asesoría legal con
el Estudio White & Case LLP.”
1282129-1
EDUCACION
Aprueban Norma Técnica que regula
la creación de las Unidades de Gestión
Educativa Local en el ámbito nacional, así
como la inscripción en el Registro Nacional
de Direcciones Regionales de Educación,
o las que hagan sus veces, y de Unidades
de Gestión Educativa Local - RENDUGEL, y
crean Registro Nacional
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 047-2015-MINEDU
Lima, 31 de agosto de 2015
Vistos, el Expediente N° 0081806-2015, que contiene
el Informe N° 037-2015-MINEDU/VMGI-DIGEGED-
DAGED, el Informe N° 586-2015-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, se declaró
al Estado peruano en proceso de modernización en
sus diferentes instancias, dependencias, entidades,
organizaciones y procedimientos, con la f‌i nalidad
de mejorar la gestión pública y construir un Estado
democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, el Proyecto Educación Nacional al 2021:
La Educación que queremos para el Perú, aprobado
por Resolución Suprema N° 001-2007-ED, establece
el Objetivo Estratégico 4 denominado “Una gestión
descentralizada, democrática, que logra resultados y es
f‌i nanciada con equidad”, señalando como Resultado 1,
la gestión educativa ef‌i caz, ética, descentralizada y con
participación de la ciudadanía;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de
del sistema educativo nacional es descentralizada,
simplif‌i cada, participativa y f‌l exible; disponiendo que

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