RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 166-2015-MTC/03 - Otorgan autorización a persona natural para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en FM, en localidad del departamento de Piura

Fecha de disposición11 Mayo 2015
Fecha de publicación11 Mayo 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Lunes 11 de mayo de 2015 552359
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Otorgar a la empresa PORTAL CABLE
TU SEÑAL DIGITAL S.A.C., concesión única para la
prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones
por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende
todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose
como primer servicio a prestar, el Servicio Público de
Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad
de cable alámbrico u óptico.
Artículo 2°.- Aprobar el contrato de concesión
única a celebrarse con la empresa PORTAL CABLE
TU SEÑAL DIGITAL S.A.C., para la prestación de los
servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta
de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 3°.- Autorizar al Director General de
Concesiones en Comunicaciones para que, en
representación del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que
se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así
como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a f‌i rmar
la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de
las Adendas que se suscriban al mismo.
Artículo 4°.- La concesión otorgada quedará sin
efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio
emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato
de concesión no es suscrito por la empresa PORTAL
CABLE TU SEÑAL DIGITAL S.A.C. en el plazo máximo
de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la
publicación de la presente resolución. Para la suscripción
deberá cumplir previamente con el pago por el derecho
de concesión y con la presentación de la carta f‌i anza que
asegure el inicio de operaciones.
Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para conocimiento y f‌i nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1234844-1
Otorgan autorización a persona natural
para prestar el servicio de radiodifusión
sonora educativa en FM, en localidad
del departamento de Piura
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 166-2015-MTC/03
Lima, 4 de mayo del 2015
VISTO, el Expediente Nº 2014-033806 presentado
por el señor EDUARDO ARTURO ARRIAGA PALERMO
sobre otorgamiento de autorización para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia
Modulada (FM), en la localidad de Frías, departamento
de Piura;
CONSIDERANDO:
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio
de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se
requiere contar con autorización, la cual se otorga por
Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo
previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo, el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el
citado artículo señala que la instalación de equipos en
una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es def‌i nido como la facultad que otorga el
Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en
un lugar determinado equipos de radiodifusión;
establece que otorgada la autorización para prestar el
servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación
y prueba que tiene una duración de doce (12) meses;
Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión indica que para obtener autorización
para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria,
en zonas rurales, lugares de preferente interés social
y localidades fronterizas se requiere presentar una
solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se
detalla;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 116-2004-
MTC/03 y sus modif‌i catorias, se aprobaron los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de
Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para
las diversas localidades del departamento de Piura, entre
las cuales se encuentra la localidad de Frías, que fue
incorporada a los referidos planes mediante Resolución
Viceministerial Nº 1085-2007-MTC/03;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, para la referida banda y localidad, establece
0.10 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.)
a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de
antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº
207-2009-MTC/03, la misma que modif‌i có las Normas
Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas
mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03,
las estaciones que operen hasta 100 W. de e.r.p., en la
dirección de máxima ganancia de antena, se clasif‌i can
como Estaciones de Servicio Primario Clase D1,
consideradas de Baja Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, el señor EDUARDO
ARTURO ARRIAGA PALERMO al haber solicitado
autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora
educativa en FM, a través de una estación de Clase D1 -
Baja Potencia, según el análisis realizado por la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones en
su Informe No. 0486-2015-MTC/28, no se encuentra
obligado a la presentación del Estudio Teórico de
Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar
los monitoreos anuales, según se establece en el artículo
4º y el numeral 5.2 del artículo 5º del Decreto Supremo
Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites
Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en
Telecomunicaciones;
Que, con Resolución Directoral Nº 975-2005-MTC/17,
actualizada mediante Resolución Directoral N° 0494-2013-
MTC/28, se aprobó el listado de localidades consideradas
como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de
Frías (al que pertenece la localidad de Frías), provincia de
Ayabaca, departamento de Piura;
Que, con Informe Nº 0486-2015-MTC/28, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones
señala que se considera viable otorgar la autorización
solicitada por el señor EDUARDO ARTURO ARRIAGA
PALERMO para la prestación del servicio de radiodifusión
sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la
localidad de Frías, departamento de Piura; en el marco
del procedimiento para la prestación del servicio de
radiodifusión en localidades fronterizas;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
- Ley Nº 28278 y su modif‌i catoria, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y
sus modif‌i catorias, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
008-2002-MTC y sus modif‌i catorias, el Decreto Supremo
N° 038-2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación
de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en
Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Frías,
aprobado por Resolución Viceministerial Nº 116-2004-
MTC/03 y sus modif‌i catorias, las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modif‌i catorias;
y, Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor EDUARDO
ARTURO ARRIAGA PALERMO por el plazo de diez (10)
años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad

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