RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 98-2015-MTC/03 - Otorgan autorizaciones a personas naturales prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidades de los departamentos de Madre de Dios e Ica

Fecha de disposición04 Marzo 2015
Fecha de publicación04 Marzo 2015
El Peruano
Miércoles 4 de marzo de 2015 547889
la autorización efectuará el pago correspondiente
al derecho de autorización y canon anual. En caso
de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo
establecido en el artículo 38º del Reglamento de la
Artículo 12º.- El titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 13º.- La autorización a la que se contrae
la presente Resolución se sujeta a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes que regulan el
servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modif‌i catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 14º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HENRRY ZAIRA ROJAS
Viceministro de Comunicaciones (e)
1206183-1
Otorgan autorizaciones a personas
naturales prestar servicio de
radiodifusión sonora en FM en
localidades de los departamentos de
Madre de Dios e Ica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 98-2015-MTC/03
Lima, 23 de febrero del 2015
VISTO, el Escrito de Registro Nº 2014-002572,
presentado por la señora SILVIA SANTA CRUZ LLAMOCA
sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público
para la prestación del servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad
de Puerto Maldonado, departamento de Madre de Dios;
CONSIDERANDO:
establece que las autorizaciones del servicio de
radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso
público. El concurso público es obligatorio cuando la
cantidad de frecuencias o canales disponibles en una
banda es menor al número de solicitudes presentadas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 0909-2013-
MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº
01-2013-MTC/28, para el otorgamiento de autorización
para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las
modalidades comercial y educativa, en diversas localidades
y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el
servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada
(FM) en la localidad de Puerto Maldonado, departamento
de Madre de Dios;
Que, con fecha 25 de setiembre del 2013, se llevó
a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de
Sobres Nos. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del
Concurso Público Nº 01-2013-MTC/28, adjudicándose la
Buena Pro a la señora SILVIA SANTA CRUZ LLAMOCA
para la autorización del servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad
de Puerto Maldonado, departamento de Madre de
Dios;
Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, establece que la autorización para
prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante
Resolución del Viceministro de Comunicaciones;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 095-2004-
MTC/03 y sus modif‌i catorias, se aprobaron los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio
de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM)
para las localidades del departamento de Madre de Dios,
entre las cuales se encuentra la localidad de Puerto
Maldonado;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, de la localidad de Puerto Maldonado,
establece 3 KW como máxima potencia efectiva radiada
(e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima
ganancia de antena;
Que, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, la misma que modificó las Normas Técnicas
del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante
Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las
estaciones que operen en el rango mayor a 500
W hasta 1 KW de e.r.p. en la dirección de máxima
ganancia de antena, se clasifican como Estaciones
de Servicio Primario Clase D4, consideradas de baja
potencia;
Que, con Resolución Directoral Nº 975-2005-MTC/17,
actualizada con Resolución Directoral Nº 0494-2013-
MTC/28, se aprobó el listado de localidades consideradas
como fronterizas, comprendiendo en ellas al distrito de
Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de
Madre de Dios, el cual está comprendido en la localidad
de Puerto Maldonado;
Que, en virtud a lo indicado, la señora SILVIA
SANTA CRUZ LLAMOCA no se encuentra obligada a
la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No
Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos
anuales, según se establece en el artículo 4º y el
numeral 5.2 del artículo 5° del Decreto Supremo Nº 038-
2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 038-
2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites
Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en
Telecomunicaciones;
Que, mediante Informe Nº 0027-2015-
MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones, considera que la señora SILVIA
SANTA CRUZ LLAMOCA ha cumplido con las obligaciones
previstas en el numeral 21 y demás disposiciones
contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 01-
2013-MTC/28, así como con la presentación de la
documentación técnica y legal requerida, por lo que resulta
procedente otorgar a la referida persona, la autorización y
permisos solicitados;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
– Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
2005-MTC, las Bases del Concurso Público N° 01-
2013-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC,
modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC,
que establece los Límites Máximos Permisibles de
Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones,
el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias
para el Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia
Modulada (FM) para la localidad de Puerto Maldonado,
departamento de Madre de Dios, aprobado por
Resolución Viceministerial Nº 095-2004-MTC/03 y sus
modif‌i catorias, las Normas Técnicas del Servicio de
Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº
358-2003-MTC/03 y sus modif‌i catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora SILVIA
SANTA CRUZ LLAMOCA, por el plazo de diez (10) años,
para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa
en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Puerto
Maldonado, departamento de Madre de Dios, de acuerdo
a las condiciones esenciales y características técnicas
que se detallan a continuación:
Condiciones Esenciales:
Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN
FM
Frecuencia : 107.7 MHz
Finalidad : EDUCATIVA
Características Técnicas:
Indicativo : OAC-7B
Emisión : 256KF8E
Potencia Nominal del
Transmisor : 500 W
Clasif‌i cación de Estación : PRIMARIA D4 – BAJA POTENCIA

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