RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 82-2015-MTC/03 - Otorgan autorización a la Asociación Cultural Bethel para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en FM en localidades de los departamentos de Arequipa y Lima

Fecha de disposición18 Febrero 2015
Fecha de publicación18 Febrero 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 18 de febrero de 2015
546922
se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo
38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 10º.- El titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae
la presente Resolución se sujeta a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes que regulan el
servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modif‌i catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HENRRY ZAIRA ROJAS
Viceministro de Comunicaciones (e)
1201039-1
Otorgan autorización a la Asociación
Cultural Bethel para prestar servicio de
radiodifusión sonora educativa en FM
en localidades de los departamentos de
Arequipa y Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 82-2015-MTC/03
Lima, 6 de febrero del 2015
VISTO, el Escrito de Registro P/D Nº 119803,
presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL
sobre otorgamiento de autorización para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia
Modulada (FM), en la localidad de Machaguay-
Pampacolca-Tipan-Uñon-Viraco, departamento de
Arequipa;
CONSIDERANDO:
establece que las autorizaciones del servicio de
radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso
público. El concurso público es obligatorio cuando la
cantidad de frecuencias o canales disponibles en una
banda es menor al número de solicitudes presentadas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 1555-
2012-MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso
Público Nº 02-2012-MTC/28, para el otorgamiento de
autorización para prestar el servicio de radiodifusión
sonora, en las modalidades educativa y comercial, en
diversas localidades y bandas de frecuencias, entre
las cuales se encuentra el servicio de radiodifusión
sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad
de Machaguay-Pampacolca-Tipan-Uñon-Viraco,
departamento de Arequipa;
Que, con fecha 25 de enero del 2013, se llevó a
cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de
Sobres Nos. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del
Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28, adjudicándose
la Buena Pro a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL
para la autorización del servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad
de Machaguay-Pampacolca-Tipan-Uñon-Viraco,
departamento de Arequipa;
Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, establece que la autorización para
prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante
Resolución del Viceministro de Comunicaciones;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 106-2004-
MTC/03 y sus modif‌i catorias, se aprobaron los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio
de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM)
para las localidades del departamento de Arequipa, entre
las cuales se encuentra la localidad de Machaguay-
Pampacolca-Tipan-Uñon-Viraco;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece
0.5 KW como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.)
a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de
antena;
Que, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, la misma que modif‌i có las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que
operen en el rango mayor a 250 W hasta 500 W de
e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se
clasif‌i can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3,
consideradas de Baja Potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL no se encuentra obligada a la
presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No
Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos
anuales, según se establece en el artículo 4º y el
numeral 5.2 del artículo 5° del Decreto Supremo Nº
038-2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo 038-
2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites
Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en
Telecomunicaciones;
Que, mediante Informe Nº 2662-2014-
MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones, considera que la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL ha cumplido con las obligaciones
previstas en el numeral 21 y demás disposiciones
contenidas en las Bases del Concurso Público Nº 02-
2012-MTC/28, así como con la presentación de la
documentación técnica y legal requerida, por lo que
resulta procedente otorgar a la referida asociación, la
autorización y permiso solicitados;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
– Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
2005-MTC, las Bases del Concurso Público N° 02-
2012-MTC/28, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC,
modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC,
que establece los Límites Máximos Permisibles de
Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para el
Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada
(FM) para la localidad de Machaguay-Pampacolca-Tipan-
Uñon-Viraco, departamento de Arequipa, aprobado por
Resolución Viceministerial Nº 106-2004-MTC/03 y sus
modif‌i catorias, las Normas Técnicas del Servicio de
Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº
358-2003-MTC/03 y sus modif‌i catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN
CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años,
para prestar el servicio de radiodifusión sonora
educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la
localidad de Machaguay-Pampacolca-Tipan-Uñon-
Viraco, departamento de Arequipa, de acuerdo a las
condiciones esenciales y características técnicas que
se detallan a continuación:
Condiciones Esenciales:
Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN
FM
Frecuencia : 92.9 MHz
Finalidad : EDUCATIVA
Características Técnicas:
Indicativo : OAK-6A
Emisión : 256KF8E
Potencia Nominal del
Transmisor : 0.25 KW
Clasif‌i cación de Estación : PRIMARIA D3 – BAJA POTENCIA
Ubicación de la Estación:
Estudios : Av. 28 de Julio N° 1781, distrito
de La Victoria, provincia y
departamento de Lima.

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