RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 665-2014-MTC/03 - Otorgan autorización a Vega Visión S.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora en localidades del departamento de Cusco
Fecha de disposición | 10 Noviembre 2014 |
Fecha de publicación | 10 Noviembre 2014 |
Sección | Sección Única |
El Peruano
Lunes 10 de noviembre de 2014 537305
autorización efectuará el pago correspondiente al derecho
de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento,
se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo
38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 10º.- La titular de la autorización deberá
cumplir con las disposiciones previstas en los literales
a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del
Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado
Artículo 11º.- La autorización a la que se contrae
la presente Resolución se sujeta a las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes que regulan el
servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas
modifi catorias y complementarias que se expidan.
Artículo 12º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones
1161704-1
Otorgan autorización a Vega Visión
S.R.L. para prestar servicio de
radiodifusión sonora en localidades del
departamento de Cusco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 665-2014-MTC/03
Lima, 28 de octubre del 2014
VISTO, el Expediente Nº 2013-035478, presentado
por la empresa VEGA VISION S.R.L. sobre otorgamiento
de autorización para la prestación del servicio de
radiodifusión sonora educativa en Onda Media (OM),
en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-Urubamba-
Pisac, departamento de Cusco;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 16° de la Ley de Radio y Televisión,
establece que las autorizaciones del servicio de
radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso
público. El concurso público es obligatorio cuando la
cantidad de frecuencias o canales disponibles en una
banda es menor al número de solicitudes presentadas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 1555-2012-
MTC/28, se aprobó las Bases del Concurso Público Nº
02-2012-MTC/28, para el otorgamiento de autorización
para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en
las modalidades educativa y comercial, en diversas
localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se
encuentra el servicio de radiodifusión sonora en Onda
Media (OM) en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-
Urubamba-Pisac, departamento de Cusco;
Que, con fecha 25 de enero del 2013, se llevó a cabo
el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres
Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso
Público Nº 02-2012-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro
a la empresa VEGA VISION S.R.L. para la autorización
del servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda
Media (OM), en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-
Urubamba-Pisac, departamento de Cusco;
Que, el artículo 19° del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, establece que la autorización para
prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante
Resolución del Viceministro de Comunicaciones;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 233-2005-
MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación
de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en
Onda Media (OM) para la localidad de Cusco-Anta-Calca-
Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco;
Que, según las Normas Técnicas del Servicio de
Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial
Nº 358-2003-MTC/03 y modifi catorias, la citada estación
se clasifi ca como una estación de Clase D, que se
encuentra en el rango mayor que 100 W hasta 1 KW;
Que, mediante Informes Nº 1743-2014-MTC/28 y Nº
1804-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones
en Telecomunicaciones considera que la empresa VEGA
VISION S.R.L. ha cumplido con las obligaciones previstas
en el numeral 21 y demás disposiciones contenidas en
las Bases del Concurso Público Nº 02-2012-MTC/28, así
como con la presentación de la documentación técnica y
legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar a la
referida empresa, la autorización y permiso solicitados;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley
Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las
Bases del Concurso Público N° 01-2012-MTC/28, el Decreto
Supremo N° 038-2003-MTC, modifi cado por Decreto
Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites
Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en
Telecomunicaciones, el Plan de Canalización y Asignación
de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión Sonora
en Onda Media (OM) para la localidad de Cusco-Anta-
Calca-Paruro-Urubamba-Pisac, departamento de Cusco,
aprobado por Resolución Viceministerial Nº 233-2005-
MTC/03 y sus modifi catorias, las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modifi catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la empresa VEGA
VISION S.R.L., por el plazo de diez (10) años, para prestar
el servicio de radiodifusión sonora educativa en Onda
Media (OM) en la localidad de Cusco-Anta-Calca-Paruro-
Urubamba-Pisac, departamento de Cusco, de acuerdo a
las condiciones esenciales y características técnicas que
se detallan a continuación:
Condiciones Esenciales:
Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN
OM
Frecuencia : 1580 KHz
Finalidad : EDUCATIVA
Características Técnicas:
Indicativo : OAM-7Z
Emisión : 10K0A3EGN
Potencia Nominal del
Transmisor : 1 KW
Clasifi cación de Estación : D
Ubicación de la Estación:
Estudios : Av. Del Ejército N° 849, distrito,
provincia y departamento de
Cusco.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 71º 58’ 50.72’’
Latitud Sur : 13º 31’ 25.52’’
Planta Transmisora : Cerro Picchu, distrito, provincia y
departamento de Cusco.
Coordenadas Geográfi cas : Longitud Oeste : 71º 59’ 44.39’’
Latitud Sur : 13º 30’ 43.40’’
Zona de Servicio : El área comprendida dentro del
contorno de 62 dBȝV/m
La autorización otorgada incluye el permiso para
instalar los equipos de radiodifusión correspondientes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del
Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso
de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa
otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones.
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