RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 806-2011-MTC/03 - Otorgan autorizaciones para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM y por televisión en diversas localidades

Fecha de disposición22 Septiembre 2011
Fecha de publicación22 Septiembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 22 de setiembre de 2011 450329
Que, acorde Plan de Canalización y Asignación
de Frecuencias para el servicio de radiodifusión por
televisión en VHF, para las localidades correspondientes
al departamento de Lima, aprobado con Resolución
Viceministerial Nº 330-2005-MTC/03, modif‌i cada con
Resolución Viceministerial Nº 525-2007-MTC/03, ratif‌i cado
con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y
modif‌i cado con Resoluciones Viceministeriales Nº (s) 122-
2009-MTC/03, 028-2011-MTC/03 y 221-2011-MTC/03, se
observa que dentro de la localidad denominada Lima, se
incluye al distrito, provincia y departamento de Lima;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en
Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3224-2011-
MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización
otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 458-2006-
MTC/03 respecto de la estación de VHF ubicada en la
localidad de Lima, al haberse cumplido con la presentación
de los requisitos previstos para tal efecto y verif‌i car que no se
ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la
renovación de una autorización contemplados en la Ley de
Radio y Televisión y su Reglamento. Asimismo, señala que
en tanto se encuentre en suspenso la dación de la Ley que
prevea la evaluación de las disposiciones del Plan Maestro
para la Implementación de la Televisión Digital en el Perú a
los procedimientos de renovación de autorización, se deberá
incluir en la respectiva resolución autoritativa un artículo en la
que se establezca la adecuación de las renovaciones que se
otorgan al Plan Maestro y normas complementarias;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley
Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, Ley
del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444,
las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión
aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03
y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los
Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes
en Telecomunicaciones; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones y conforme a lo
informado por la Dirección General de Control y Supervisión
de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada por
Resolución Viceministerial Nº 458-2006-MTC/03, a la empresa
PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., para que continúe
prestando el servicio de radiodifusión por televisión comercial
en VHF, en la localidad de Lima, departamento de Lima.
Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que
se ref‌i ere el artículo precedente, se otorga por el plazo de
diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo
de vigencia de la Resolución Viceministerial Nº 458-2006-
MTC/03, en consecuencia, vencerá el 22 de julio del año
2025.
Artículo 3º.- Dentro de los sesenta (60) días de notif‌i cada
la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará
el pago correspondiente al derecho de renovación y canon
anual, por cada autorización. En caso de incumplimiento,
el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la
autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.
Artículo 4º.- La titular de la presente autorización está
obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas
del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado con
Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá
adoptar las acciones tendientes a garantizar que las
radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan
los valores establecidos como límites máximos permisibles
f‌i jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las
que hace referencia dicha norma.
Artículo 5º.- La renovación de autorizaciones que se
otorga en la presente Resolución deberá adecuarse a las
disposiciones del Plan Maestro para la Implementación de
la Televisión Digital en el Perú y normas complementarias.
Artículo 6º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que correspondan, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGO
Viceministro de Comunicaciones
690338-1
Otorgan autorizaciones para prestar
servicio de radiodifusión sonora en FM y
por televisión en diversas localidades
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 799-2011-MTC/03
Lima, 27 de julio de 2011
VISTO, el Expediente Nº 2010-029562 presentado
por el señor RUDECINDO HUACSO HACHA, sobre
otorgamiento de autorización para la prestación del servicio
de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada
(FM) en el distrito y provincia de Espinar, departamento de
Cusco;
CONSIDERANDO:
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio
de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se
requiere contar con autorización, la cual se otorga por
Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según
lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado
artículo señala que la instalación de equipos en una estación
de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es
def‌i nido como la facultad que otorga el Estado, a personas
naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado
equipos de radiodifusión;
establece que otorgada la autorización para prestar el
servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación
y prueba que tiene una duración improrrogable de doce
(12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y
Televisión indica que para obtener autorización para prestar el
servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud,
la misma que se debe acompañar con la información y
documentación que en dicho artículo se detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 108-2004-
MTC/03, modif‌i cada por Resoluciones Viceministeriales
Nº 604-2007-MTC/03 y Nº 020-2008-MTC/03, ratif‌i cada
mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03
y modif‌i cada por Resoluciones Viceministeriales Nº 368-
2009-MTC/03 y Nº 602-2010-MTC/03, se aprobaron los
Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la
banda de FM para diversas localidades del departamento
de Cusco, entre las cuales se encuentra la localidad de
Espinar, la misma que incluye al distrito y provincia de
Espinar, departamento de Cusco;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece
500 w. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser
autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena.
Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, que modif‌i có las Normas Técnicas del Servicio de
Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial
Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el
rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la dirección
de máxima ganancia de antena, se clasif‌i can como
Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de
baja potencia;
Que, en virtud a lo indicado, el señor RUDECINDO
HUACSO HACHA no se encuentra obligado a la
presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No
Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos
anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral
5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se
aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones
No Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 2369-2011-MTC/28, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala
que se considera viable otorgar la autorización solicitada
por el señor RUDECINDO HUACSO HACHA para la
prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial
en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito y provincia de
Espinar, departamento de Cusco;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

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