RESOLUCION SUPREMA N° 654-2014-DE/ - Aprueban los Planes Estratégicos del Ejército, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú

Fecha de disposición06 Noviembre 2014
Fecha de publicación06 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 6 de noviembre de 2014
536894
el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modif‌i cado por
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo
N° 002-2004-DE/SG, y sus modif‌i catorias que reglamentan
los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector
Defensa; y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos
del Ministerio de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior por Misión
de Estudios del Licenciado en Ciencias Físicas Rodolfo
Domingo MORENO SANTILLAN, servidor de la Comisión
Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial
– CONIDA, identif‌i cado con DNI N° 06785255 a la ciudad
de Beijing, República Popular China, por el periodo
comprendido del 15 de noviembre de 2014 al 31 de julio
de 2015, para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos de ida
que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución,
serán con cargo a la Unidad Ejecutora 006: Comisión
Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial,
del Pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos: Lima – Beijing:
US$ 3,472.00 x 1 persona (Incluye TUUA) = US$ 3,472.00
-------------------
Total a pagar = US$ 3,472.00
Artículo 3º.- Los gastos por concepto de pasajes
aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la
presente autorización de viaje al exterior por Misión
de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas
presupuestales del Sector Defensa - Unidad Ejecutora
006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo
Aeroespacial, del Año Fiscal correspondiente.
Artículo 4º.- El personal autorizado, deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el Titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario a partir de la fecha de
retorno al país.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda
facultado para variar la fecha de inicio y término de la
autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder
el total de días autorizados; y sin variar la actividad
para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del
participante.
Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el
Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1160505-8
Aprueban los Planes Estratégicos del
Ejército, Marina de Guerra del Perú y
Fuerza Aérea del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 654-2014-DE/
Lima, 5 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28455 se creó “El Fondo para
las Fuerzas Armadas y Policía Nacional”, destinado única
y exclusivamente para la adquisición de equipamiento,
modernización, repotenciación, renovación tecnológica,
reparación y mantenimiento de las Fuerzas Armadas y
Policía Nacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2005-DE/SG,
y modif‌i catorias se aprobó el Reglamento de la Ley Nº
28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y
Policía Nacional, el mismo que determina los mecanismos
de administración del Fondo de las Fuerzas Armadas y
Policía Nacional y establece la f‌i nalidad, organización,
funciones y responsabilidades del Comité encargado de
Administrar el Fondo;
Que, el literal b) del artículo 20 del Reglamento
antes referido señala que el Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú
expondrán sus Planes Estratégicos al Consejo de
Seguridad Nacional, para su aprobación y formalización
mediante Resolución Suprema refrendada por el
Presidente del Consejo de Ministros y el Titular del
Sector correspondiente;
Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto
Legislativo N° 1129, Decreto Legislativo que regula el
Sistema de Defensa Nacional, el Sistema de Defensa
Nacional está compuesto, entre otros, por el Consejo de
Seguridad y Defensa Nacional; por el cual corresponde
que los Planes Estratégicos se expongan antes este
último;
Que, en Sesión del Consejo de Seguridad y Defensa
Nacional, realizada el 5 de noviembre de 2014, el
Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas expuso
los nuevos Planes Estratégicos del Ejército, Marina de
Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú; asimismo, en
la citada Sesión, el Consejo de Seguridad y Defensa
Nacional aprobó los mencionados instrumentos;
Que, en ese contexto, resulta necesario disponer
la aprobación de los nuevos Planes Estratégicos del
Ejército, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea
del Perú, presentados por el Comando Conjunto de
las Fuerzas Armadas, dejando sin efecto la Resolución
Suprema N° 373-2005-DE/SG, de fecha 19 de julio de
2005;
Estando a lo acordado; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
28455, Ley que crea el Fondo para las Fuerzas
Armadas y Policía Nacional, y su reglamento aprobado
mediante Decreto Supremo N° 011-2005-DE-SG, y
modificatorias; y en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo;.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los Planes Estratégicos del
Ejército, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea
del Perú, presentados por el Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas y aprobados en Sesión del Consejo de
Seguridad y Defensa Nacional de fecha 5 de noviembre
de 2014.
Artículo 2.- Déjese sin efecto la Resolución
Suprema N° 373-2005-DE/SG, de fecha 19 de julio de
2005.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
1160510-6

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