RESOLUCION SUPREMA N° 374-2014-PCM - Autorizan viaje de funcionario de OSIPTEL a Francia, en comisión de servicios

Fecha de disposición31 Octubre 2014
Fecha de publicación31 Octubre 2014
El Peruano
Viernes 31 de octubre de 2014
536366
2. Un (01) representante de la Presidencia del Consejo
de Ministros.
3. Un (01) representante del Ministerio de Economía y
Finanzas.
4. Un (01) representante del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones.
5. Un (01) representante del Servicio Nacional de
Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP.
6. Un (01) representante del Ministerio de Cultura.
7. Un (01) representante de la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
SUNAT.
8. Un (01) representante del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo.
9. Un (01) representante de la Asociación de
Municipalidades del Perú – AMPE.
10. Un (01) representante de la Asamblea Nacional
de Gobiernos Regionales del Perú – ANGR.
11. Un (01) representante de la Cámara Nacional de
Turismo.
12. Un (01) representante de la Asociación Peruana
de Hoteles, Restaurantes y Af‌i nes - AHORA.
13. Un (01) representante de la Sociedad de Hoteles
del Perú – SHP.
3.2. Las entidades públicas a que se ref‌i ere el inciso
anterior, designarán a sus representantes titulares y
alternos mediante Resolución del Titular del Pliego
dentro de los cinco (5) días calendario contados a partir
de la publicación de la presente Resolución Suprema.
Los representantes titulares y alternos de las entidades
privadas serán acreditados mediante comunicación
escrita dirigida al Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, para lo cual dichas entidades deberán designar
a sus representantes dentro del plazo señalado para las
entidades públicas.
3.3. La Comisión Multisectorial podrá invitar a
participar de sus reuniones, a representantes de otras
entidades, públicas o privadas, así como a personas
naturales o jurídicas, cuya participación pueda coadyuvar
a la consecución de su objeto.
3.4. La Comisión Multisectorial podrá solicitar la
colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte
técnico de otras entidades públicas o privadas, nacionales
o internacionales, como de cooperación internacional, a
f‌i n de que contribuyan al cumplimiento de sus funciones.
3.5. La Comisión Multisectorial puede requerir a otras
entidades del Sector Público, la documentación e información
para el cumplimiento de sus funciones. Las entidades del
Sector Público deben entregar a la Comisión la información
que les sea requerida, salvo las excepciones de Ley.
3.6. Los integrantes de la Comisión Multisectorial
ejercen su cargo ad honórem. La Presidencia de la
Comisión está a cargo del representante del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, quien tiene voto dirimente.
Artículo 4°.- Funciones de la Comisión
Multisectorial
Son funciones de la Comisión Multisectorial las
siguientes:
a) Presentar al Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo, las propuestas para la simplif‌i cación e integración
de los procesos, procedimientos y trámites vinculados al
otorgamiento de permisos, certif‌i caciones, licencias y
demás autorizaciones requeridos a los prestadores de
servicios turísticos.
b) Proponer las acciones necesarias para la creación
e implementación y puesta en funcionamiento de la
Ventanilla Única de Turismo.
c) Proponer los plazos y condiciones para la creación
e implementación gradual de la Ventanilla Única de
Turismo.
d) Presentar propuestas normativas, lineamientos,
disposiciones complementarias o modif‌i catorias que
sean necesarias para la creación e implementación de la
Ventanilla Única de Turismo.
e) Aprobar y modif‌i car su Reglamento interno, así
como el Plan de Trabajo interno.
f) Presentar al MINCETUR el Informe f‌i nal que
comprenda el cronograma de actividades, los lineamientos
y las propuestas normativas necesarias para la creación
e implementación de la Ventanilla Única de Turismo, en el
plazo de noventa (90) días calendario, contado desde la
publicación de la presente Resolución Suprema.
Artículo 5º.- Secretaría Técnica
La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial
estará a cargo del Viceministerio de Turismo. El Secretario
Técnico es designado mediante Resolución Ministerial del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta
del Viceministerio de Turismo.
Artículo 6°.- Instalación de la Comisión
Multisectorial
La Comisión Multisectorial se instalará dentro de diez
(10) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la
presente Resolución Suprema y aprobará el Plan de Trabajo
Interno para la propuesta de creación e implementación de
la Ventanilla Única de Turismo, en un plazo de treinta (30)
días calendario contados desde su instalación.
Artículo 7.- Gastos
Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión
Multisectorial no demandará recursos al Tesoro Público.
Artículo 8º.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
la Presidenta del Consejo de Ministros, y los Ministros de
Comercio Exterior y Turismo, de Economía y Finanzas, de
Transportes y Comunicaciones, de Cultura, de Ambiente y
de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA
Ministro del Ambiente
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
1157932-2
Autorizan viaje de funcionario de
OSIPTEL a Francia, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 374-2014-PCM
Lima, 30 de octubre de 2014
VISTA: La Carta GOV/REG(2014)164 de fecha 06 de
octubre de 2014, mediante la cual el Jefe de División de la
Dirección de Gobernanza Pública y Desarrollo Territorial
de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico - OCDE, invitó al Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL,
a participar en la 11° Reunión del Comité de Política
Regulatoria (Regulatory Policy Committee), la 3° Reunión
de la Red de Reguladores Económicos (Network of
Economic Regulators) y reuniones asociadas, a realizarse
del 03 al 07 de noviembre de 2014, en la ciudad de París,
República Francesa; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Organización para la Cooperación - OCDE
es un foro de cooperación internacional en el que los
gobiernos trabajan conjuntamente para compartir
experiencias y buscar soluciones a problemas comunes
en los ámbitos económico, social y ambiental;

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