Resolucion Suprema N° 229-2022-JUS. Conceden la gracia presidencial de conmutación de la pena a interna sentenciada, recluida en el Establecimiento Penitenciario de Virgen de Fátima
Fecha de publicación | 23 Noviembre 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Lima, 22 de noviembre de 2022
VISTO, el Informe Nº 00031-2022-JUS/CGP-PE, del 15 de noviembre de 2022, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;
CONSIDERANDO:
Que, la señora CAMPOS CARDENAS, DELINA MARUJA, es una interna recluida en el Establecimiento Penitenciario de Virgen de Fátima;
Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;
Que, la conmutación de la pena es la potestad del Presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta a un quantum menor;
Que, dicha gracia presidencial implica la renuncia parcial al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, reduciendo prudencialmente la pena privativa de libertad impuesta en un proceso penal;
Que, conforme el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo de 2020, el Estado declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19. Dicha Emergencia Sanitaria ha sido sucesivamente prorrogada, siendo la última de ellas dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 015-2022-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de agosto de 2022, que prorroga la emergencia sanitaria nacional por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir del 29 de agosto de 2022;
Que, en atención al contexto nacional e internacional, se emitió el Decreto Supremo Nº 004-2020-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 2020, que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-JUS, mediante el cual se establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de gracias presidenciales, y determina su procedimiento, en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19;
Que, la citada norma, en su artículo 3, establece...
VISTO, el Informe Nº 00031-2022-JUS/CGP-PE, del 15 de noviembre de 2022, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;
CONSIDERANDO:
Que, la señora CAMPOS CARDENAS, DELINA MARUJA, es una interna recluida en el Establecimiento Penitenciario de Virgen de Fátima;
Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;
Que, la conmutación de la pena es la potestad del Presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta a un quantum menor;
Que, dicha gracia presidencial implica la renuncia parcial al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, reduciendo prudencialmente la pena privativa de libertad impuesta en un proceso penal;
Que, conforme el artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;
Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el COVID-19 como una pandemia al haberse extendido en más de cien países del mundo de manera simultánea;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de marzo de 2020, el Estado declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19. Dicha Emergencia Sanitaria ha sido sucesivamente prorrogada, siendo la última de ellas dispuesta mediante Decreto Supremo Nº 015-2022-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de agosto de 2022, que prorroga la emergencia sanitaria nacional por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir del 29 de agosto de 2022;
Que, en atención al contexto nacional e internacional, se emitió el Decreto Supremo Nº 004-2020-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 2020, que fue modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-JUS, mediante el cual se establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de gracias presidenciales, y determina su procedimiento, en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19;
Que, la citada norma, en su artículo 3, establece...
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