Resolucion Suprema N° 219-2022-JUS. Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana colombiana para ser extraditada de la República de Colombia y cumplir en la República del Perú la condena impuesta

Fecha de publicación16 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 15 de noviembre de 2022

VISTO; el Informe N.º 123-2022/COE-TPC, del 20 de setiembre de 2022, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad colombiana YOLANDA ROZO LÓPEZ, formulada por el Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditada de la República de Colombia y cumpla condena en la República del Perú por la comisión del delito de tráfico de mercancías restringidas en grado de tentativa, en agravio del Estado peruano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 20 de junio de 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad colombiana YOLANDA ROZO LÓPEZ, formulada por el Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Propiedad Intelectual y Ambientales de la Corte Superior de Justicia de Lima, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de tráfico de mercancías restringidas en grado de tentativa, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 63-2022);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR