Resolucion suprema N° 180-2023-JUS. Acceden a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la República Argentina

Fecha de publicación05 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Lima, 4 de setiembre de 2023

VISTO; el Informe N.º 119-2023/COE-TPC, del 6 de julio de 2023, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana RAÚL MARTÍN MAYLLI RIVERA formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos: (i) comercio de estupefacientes agravado por haber intervenido tres o más personas organizadas, por la intervención de menores de edad y por haberse cometido en inmediaciones de establecimientos donde se realiza actividades deportivas; (ii) organización o financiación de actividades relativas al comercio de estupefacientes, su ingreso al territorio nacional y contrabando; y, (iii) acopio de armas de fuego y municiones;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 12 de enero de 2023 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana RAÚL MARTÍN MAYLLI RIVERA formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos: (i) comercio de estupefacientes agravado por haber intervenido tres o más personas organizadas, por la intervención de menores de edad y por haberse cometido en inmediaciones de establecimientos donde se realiza actividades deportivas; (ii) organización o financiación de actividades relativas al comercio de estupefacientes, su ingreso al territorio nacional y contrabando; y, (iii) acopio de armas de fuego y municiones (Expediente N.º 168-2022);

Que, conforme se aprecia de la audiencia pública de detención preventiva con fines de extradición realizada el 28 de octubre de 2022 por el Tercer Juzgado de Investigación...

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