Resolucion Suprema N° 164-2022-JUS. Acceden a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y cumplir en la República Italiana la condena impuesta

Fecha de publicación27 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de agosto de 2022

VISTO; el Informe N.º 094-2022/COE-TPC, del 27 de junio de 2022, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana ALBERTO MARTÍN LARREA LEÓN formulada por las autoridades competentes de la República Italiana, para el cumplimiento de la condena impuesta por la comisión de los delitos de malos tratos en al ámbito familiar, violación sexual, lesiones y omisión de asistencia a la familia;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva emitida el 14 de noviembre de 2019 por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, integrada por Resolución emitida el 6 de enero de 2022 por la Sala Penal Permanente de dicha Corte de Justicia, se declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana ALBERTO MARTÍN LARREA LEÓN formulada por las autoridades competentes de la República Italiana, para cumplir la condena impuesta por la comisión de los delitos de malos tratos en al ámbito familiar, violación sexual, lesiones y omisión de asistencia a la familia (Expediente N.º 180-2019);

Que, conforme se aprecia de la audiencia de control de detención preventiva con fines de extradición, realizada el 24 de octubre de 2019 por el Sétimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, el requerido se acoge libre y voluntariamente a la extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega, regulada por el artículo 523-A del Código Procesal Penal peruano;

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR