RESOLUCION SUPREMA N° 129-2015-IN - Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Francia, en comisión de servicios

Fecha de disposición19 Junio 2015
Fecha de publicación19 Junio 2015
El Peruano
Viernes 19 de junio de 2015 555449
INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la
Policía Nacional del Perú a Francia, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 129-2015-IN
Lima, 18 de junio de 2015
VISTOS; el correo electrónico con referencia LA/51597-
2/5.2 de fecha 18 de febrero de 2015, de la O cina de
Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de INTERPOL;
y, el Memorándum Múltiple Nº 221-2015-DIRGEN-PNP/
EMP-OCNI de fecha 13 de mayo de 2015, de la Dirección
General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante correo electrónico con referencia
LA/51597-2/5.2 de fecha 18 de febrero de 2015, la
O cina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General
de INTERPOL cursó invitación a los jefes de las O cinas
Centrales Nacionales de INTERPOL, para que participen
en la “1ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre Tratamiento
de Información (GTI), dedicada a los mecanismos de
control de INTERPOL”, a realizarse del 1 al 3 de julio de
2015, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 409-2015-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 11 de mayo de 2015,
el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la
Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y
documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y
Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de
la Policía Nacional del Perú autorice el viaje al exterior
del país en comisión de servicios del 29 de junio al 4
de julio de 2015, del Coronel de la Policía Nacional del
Perú Luis Octavio Bisso Pun y del Mayor de Servicios
de la Policía Nacional del Perú Jesús Marcial Barrientos
Arias, a la ciudad de París, República Francesa, para que
participen en la reunión mencionada en el considerando
precedente;
Que, en atención a los documentos sustentatorios
sobre el particular, con Memorándum Múltiple Nº 221-
2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 13 de mayo de
2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú,
autorizó el viaje mencionado en el considerando anterior,
disponiendo la formulación de la resolución autoritativa
correspondiente y señalando que el mismo irrogará gastos
al Estado peruano;
Que, las experiencias y conocimientos a adquirirse
como resultado de la participación del mencionado
personal policial en la reunión indicada, redundarán en el
ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú,
resultando por ello de interés institucional y del país;
debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha
participación, por concepto de viáticos y pasajes aéreos
(incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), serán
asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de
Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del
Pliego 007, Ministerio del Interior;
Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, la resolución
de autorización de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés especí co de la
institución y deberá indicar expresamente el motivo del
viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de
los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por
tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1
del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones
a la prohibición de viajes al exterior de servidores o
funcionarios públicos y representantes del Estado con
cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido
numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del
Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución
Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de
Ministros, la misma que es publicada en el Diario O cial
“El Peruano”;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas
reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos y modi catorias; la
Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley
N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la
Policía Nacional del Perú;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en
comisión de servicios, del Coronel de la Policía Nacional
del Perú Luis Octavio Bisso Pun y del Mayor de Servicios
de la Policía Nacional del Perú Jesús Marcial Barrientos
Arias, del 29 de junio al 4 de julio de 2015, a la ciudad de
París, República Francesa, para los nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos
y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de
aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia
en el artículo precedente, se efectuarán con cargo a la
Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y nanzas
de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio
del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$
Viáticos US$ 540.00 4 X 2 = 4,320.00
Pasajes aéreos US$ 2,245.00 X 2 = 4,490.00
------------
8,810.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial a que se re ere el
artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante
el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como
la rendición de cuentas debidamente documentada por
los viáticos asignados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación del pago de
impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase
o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
1253152-5
JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS
Acceder a solicitudes de extradición
activa de ciudadanos peruanos, español
y dominicano
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 108-2015-JUS
Lima, 18 de junio de 2015

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