Resolucion suprema N° 128-2023-RE. Nombran Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)

Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónSección Única
14 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2023
El Peruano
/
el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de
la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos
Generales para la aplicación del Análisis de Impacto
Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo
N° 063-2021-PCM, el presente Decreto Supremo se
considera excluido del alcance del AIR Ex Ante por la
materia que comprende, consistente en una declaración
de interés nacional;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo
establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la
Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29357, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones
Exteriores; en la Ley N° 27790, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo; en la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de
la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación
y el Turismo - PROMPERÚ; en la Ley N° 31816, Ley
de facilitación aduanera para la realización de eventos
internacionales declarados de interés nacional; y, en
la Ley N° 30154, Ley que regula un procedimiento
especial de contratación para la realización en el Perú
de transmisiones del mando supremo y de cumbres
internacionales declaradas de interés nacional, y sus
eventos conexos, que cuenten con la participación de
Jefes de Estado, Jefes de Gobierno, altos dignatarios y
comisionados;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se declara de interés nacional el ejercicio por la
República del Perú de la Presidencia Pro Tempore de
la Alianza del Pacíco durante el periodo 2023-2024,
incluyendo la realización de la Cumbre Internacional de la
Alianza del Pacíco; así como sus reuniones de Alto Nivel,
actividades preparatorias y eventos conexos, la cual se ha
asumido el 1 de agosto de 2023 hasta nales del primer
trimestre de 2024.
Artículo 2.- Sector Responsable
El Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo son las entidades
responsables de todos los aspectos concernidos
con el ejercicio de la Presidencia Pro Tempore de la
Alianza del Pacíco durante el periodo 2023-2024, en
coordinación con los Sectores competentes en aquello
que corresponda.
Será de aplicación para el Ministerio de Relaciones
Exteriores, el procedimiento especial de contratación
dispuesto en la Ley Nº 30154, Ley que regula un
procedimiento especial de contratación para la realización
en el Perú de transmisiones del mando supremo y de
cumbres internacionales declaradas de interés nacional,
y sus eventos conexos, que cuenten con la participación
de Jefes/as de Estado, Jefes/as de Gobierno, altos
dignatarios/as y comisionados/as.
Artículo 3.- Facilitación aduanera y de ingreso de
participantes
El Estado facilita los trámites aduaneros y el ingreso
de participantes y bienes para la realización del evento
declarado de interés nacional en el artículo 1, de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley N° 31816, Ley de facilitación
aduanera para la realización de eventos internacionales
declarados de interés nacional.
Artículo 4.- Financiamiento
La aplicación de lo dispuesto en la presente norma
se nancia con cargo al Presupuesto Institucional
del Pliego Ministerio de Relaciones Exteriores, y del
Pliego de la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, sin demandar
recursos adicionales al Tesoro Público, conforme a las
disposiciones legales vigentes.
Artículo 5.- Publicación
Se dispone la publicación del presente Decreto
Supremo en la Plataforma Digital Única del Estado
Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en
las sedes digitales del Ministerio de Relaciones Exteriores
(www.gob.pe/rree) y del Ministerio de Comercio Exterior
y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su
publicación en el diario ocial El Peruano.
Artículo 6.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por
la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de
Comercio Exterior y Turismo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ANA CECILIA GERVASI DÍAZ
Ministra de Relaciones Exteriores
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2209823-1
Nombran Representante Permanente del
Perú ante la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura (UNESCO)
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 128-2023-RE
Lima, 28 de agosto de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución
Política del Perú, establece la facultad del señor
Presidente de la República de nombrar Embajadores y
Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo
de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la
República;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos; el Texto
Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio
Diplomático de la República, aprobado por el Decreto
Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley
del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el
Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar Representante Permanente del
Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con sede
en París, República Francesa, al señor Carlos Enrique
Diaz Villanueva.
Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y
Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario
deberá asumir funciones será jada mediante Resolución
Ministerial.
Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente
Resolución a las partidas correspondientes del pliego
presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ANA CECILIA GERVASI DÍAZ
Ministra de Relaciones Exteriores
2209823-2
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 29/08/2023 07:14

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