Resolucion Suprema N° 099-2023-JUS. Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú

Fecha de publicación12 Mayo 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 11 de mayo de 2023

VISTO; el Informe Nº 032-2023/COE-TPC, del 13 de marzo de 2023, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana GIULIANO CESARE GALLO REVOREDO, formulada por la Octava Sala Penal Liquidadora, Ex Tercera Sala Penal de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 22 de octubre de 2021, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana GIULIANO CESARE GALLO REVOREDO, formulada por la Octava Sala Penal Liquidadora, Ex Tercera Sala Penal de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado de la República Italiana y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente N.° 103-2021);

Que, con relación a la Resolución Suprema N.° 081-2007-JUS, publicada en el diario oficial El Peruano el 8 de abril de 2007, mediante la cual el Gobierno peruano ya había accedido al pedido de extradición bajo análisis, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República —luego de que la Oficina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación (Autoridad Central) comunicara que las autoridades italianas no tenían información de dicho pedido— concluyó que aquella no llegó a prosperar, lo que no era óbice para dar trámite a una nueva solicitud;

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y...

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