RESOLUCION SUPREMA N° 076-2015-PCM - Modifican el Artículo 5° de la R.S. N° 025-2015-PCM, mediante la cual se constituyó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 30299, Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil

Fecha de disposición22 Marzo 2015
Fecha de publicación22 Marzo 2015
El Peruano
Domingo 22 de marzo de 2015
549188
Modifican el Artículo 5° de la R.S. N°
025-2015-PCM, mediante la cual se
constituyó la Comisión Multisectorial
de naturaleza temporal encargada de
elaborar el proyecto de Reglamento de
la Ley N° 30299, Ley de Armas de Fuego,
Municiones, Explosivos, Productos
Pirotécnicos y Materiales Relacionados
de Uso Civil
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 076-2015-PCM
Lima, 21 de marzo de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30299, Ley de Armas de
Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos y
Materiales Relacionados de Uso Civil, se regula el uso
de armas de fuego, municiones, explosivos, productos
pirotécnicos y materiales relacionados; regulación que
comprende la autorización, f‌i scalización, control de la
fabricación, importación, exportación, comercialización,
distribución, destino f‌i nal, capacitación y entrenamiento
en el uso de armas, municiones y explosivos, productos
pirotécnicos y materiales relacionados, así como la
reparación y ensamblaje de armas y municiones;
Que,mediante Resolución Suprema N° 025-2015-
PCM se constituyó la Comisión Multisectorial de
naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto
de Reglamento de la Ley N° 30299, Ley de Armas de
Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos
y Materiales Relacionados de Uso Civil, adscrita al
Ministerio del Interior;
Que, el artículo 5 de la citada Resolución Suprema
establece que, para el cumplimiento de sus f‌i nes, la
Comisión Multisectorial podrá invitar a participar a
los representantes de instituciones o asociaciones
representativas de fabricantes, comercializadores,
usuarios u otros que considere pertinente;
Que, resulta necesario modif‌i car la citada
resolución con la f‌i nalidad de precisar la participación
de los representantes de instituciones o asociaciones
representativas de fabricantes, comercializadores,
usuarios u otros a que se ref‌i ere el artículo 5 del referido
dispositivo, en la elaboración del proyecto de Reglamento
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del
30299, Ley de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos,
Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso
Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modif‌i cación del artículo 5 de la
Resolución Suprema N° 025-2015-PCM.
Modifíquese el artículo 5 de la Resolución Suprema N°
025-2015-PCM que constituye la Comisión Multisectorial
de naturaleza temporal encargada de elaborar el proyecto
de Reglamento de la Ley N° 30299, Ley de Armas de
Fuego, Municiones, Explosivos, Productos Pirotécnicos
y Materiales Relacionados de Uso Civil, el cual quedará
redactado en los siguientes términos:
“Artículo 5°.- Participación de otras entidades e
instituciones
Para el cumplimiento de sus f‌i nes, la Comisión
Multisectorial invitará a participar a los representantes
de instituciones o asociaciones representativas de
fabricantes, comercializadores, usuarios u otros que
considere pertinente.”
Artículo 2.- Refrendo
La presente Resolución Suprema será refrendada por
la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro del
Interior, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro
de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Defensa,
la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de
Salud y el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE
Ministro del Interior
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1215147-1
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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