Lima, 19 de marzo de 2024
VISTO; el Informe N.º 026-2024/COE-TPC, del 26 de febrero de 2024, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad venezolana ANLIZ ANDREA LUCÍA JIMÉNEZ TELLECHEA formulada por el Juzgado de Investigación Preparatoria – Sede Lurigancho Chosica de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para ser extraditada de la República Bolivariana de Venezuela y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de trata de personas agravada, en agravio de una persona y un menor de edad, ambos con identidad reservada;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;
Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;
Que, mediante Resolución Consultiva del 24 de noviembre de 2023, la...