Resolucion Suprema N° 034-2023-JUS. Resuelven no acceder a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y cumplir su condena en la República Argentina

Fecha de publicación07 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 6 de febrero de 2023

VISTO; el Informe N.º 003-2023/COE-TPC, del 20 de enero de 2023, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana JEFFER STTEVEN LÓPEZ REYNA o JEFFER STTEVEN REYNA LÓPEZ formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para cumplir el resto de la condena impuesta por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 6 de diciembre de 2022, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana JEFFER STTEVEN LÓPEZ REYNA o JEFFER STTEVEN REYNA LÓPEZ formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para cumplir el resto de la condena impuesta por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (Expediente N.º 170-2022);

Que, conforme se aprecia de la audiencia de control de detención con fines de extradición, realizada el 8 de setiembre de 2022, por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, el requerido se acoge libre y voluntariamente a la extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega, regulada por el artículo XIV del Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina;

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y...

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