RESOLUCION SUPREMA N° 030-2015-EM - Constituyen derecho de servidumbre legal de ocupación, paso y tránsito a favor de Transportadora de Gas del Perú S.A. sobre predio ubicado en el departamento de Cusco

Fecha de disposición09 Junio 2015
Fecha de publicación09 Junio 2015
El Peruano
Martes 9 de junio de 2015
554660
aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública
correspondiente.
Artículo 5.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que
origine el Contrato de Concesión N° 470-2015 referido
en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del
acotado Reglamento.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1248181-9
Otorgan concesión definitiva a
EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C. para
desarrollar la actividad de transmisión
de energía eléctrica en línea de
transmisión ubicada en el departamento
de Junín
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 029-2015-EM
Lima, 8 de junio de 2015
VISTO: El Expediente N° 14360115 sobre otorgamiento
de concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad
de transmisión de energía eléctrica, presentado por la
empresa EGEJUNÍN TULUMAYO-V S.A.C., persona
jurídica inscrita en la Partida N° 12771266 del Registro
de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX Sede Lima,
Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la carta Nº TU5 004-2015, ingresada el
29 de enero de 2015 con registro N° 2468549, EGEJUNÍN
TULUMAYO-V SAC, solicitó al Ministerio de Energía y
Minas la concesión def‌i nitiva de transmisión para la Línea
de Transmisión en 220 kV S.E. Tulumayo V - S.E. Tulumayo
IV, ubicada en los distritos de Monobamba y Mariscal
Castilla, provincias de Jauja y Concepción, departamento
de Junín, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) f‌i guran en
el Expediente;
Que, mediante la Resolución Directoral N°443-2014-
MEM/DGAAE, de fecha 24 de diciembre de 2014, la
Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos
del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Estudio de
Impacto Ambiental del proyecto “Central Hidroeléctrica
Tulumayo V y Línea de Transmisión Eléctrica Asociada”
que incluye la Línea de Transmisión de 220 kV S.E.
Tulumayo V – S.E. Tulumayo IV;
Que, la solicitud de concesión def‌i nitiva referida en el
primer considerando, está amparada en las disposiciones
de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes
de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales
para su presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio
de Energía y Minas, luego de haber verif‌i cado y evaluado
que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos
establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su
Reglamento, ha emitido el Informe N° 176-2015-DGE-
DCE, recomendando otorgar la citada concesión de
transmisión;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía
del Ministerio de Energía y Minas;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa EGEJUNÍN
TULUMAYO-V SAC, la concesión def‌i nitiva para
desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica
en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Tulumayo V –
S.E. Tulumayo IV, ubicada en los distritos de Monobamba
y Mariscal Castilla, provincias de Jauja y Concepción,
departamento de Junín, en los términos y condiciones
de la presente Resolución y los que se detallan en el
Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de
la presente Resolución.
Artículo 2.- Las características principales de los
bienes indispensables para operar la concesión son las
siguientes:
Salida / Llegada de la
Línea Transmisión Tensión
(kV)
Tern as Longitud
(km) Ancho Faja de
Servidumbre (m)
S.E. Tulumayo V - S.E.
Tulumayo IV 220 1 9,18 25
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 472-
2015 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas
y EGEJUNÍN TULUMAYO-V SAC, el cual consta de 19
cláusulas y 04 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de
Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en
representación del Estado el Contrato de Concesión
aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública
correspondiente.
Artículo 5.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que
origine el Contrato de Concesión N° 472-2015 referido en
el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento
del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del
acotado Reglamento.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1248181-10
Constituyen derecho de servidumbre
legal de ocupación, paso y tránsito a
favor de Transportadora de Gas del
Perú S.A. sobre predio ubicado en el
departamento de Cusco
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 030-2015-EM
Lima, 8 de junio de 2015

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