Resolucion Suprema N° 022-2023-PCM. Autorizan viaje de Ministra de Relaciones Exteriores a Argentina, en comisión de servicios

Fecha de publicación22 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 21 de enero de 2023

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) Nº 50 del Despacho Ministerial, de 11 de enero de 2023 y su proveído de 18 de enero de 2023; el Memorándum (OPP) Nº OPP00073/2023 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y su proveído, de 11 y 13 de enero de 2023, respectivamente, que otorga la certificación presupuestal al presente viaje; el Memorándum (LEG) Nº LEG00077/2023 de la Oficina General de Asuntos Legales, de 18 de enero de 2023; y, el Memorándum (OAP) Nº OAP00256/2023 de la Oficina de Administración de Personal, de 18 de enero de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, la Presidencia Pro Tempore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), a cargo de la República Argentina ha convocado a la VII Cumbre de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC, para el día 24 de enero de 2023, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, con el objetivo de conocer los logros obtenidos en el transcurso del año 2022 y dialogar sobre los desafíos que enfrenta el futuro de este bloque regional;

Que, en dicho encuentro se desarrollará el diálogo entre las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la CELAC y el diálogo con socios extrarregionales, lo que contribuirá a consolidar la presencia de la CELAC en el mundo y su figura como actor confiable para cooperar en áreas de interés común, lo cual redundará en beneficio de nuestro país;

Que, dado los temas a tratar, constituye de interés nacional la participación de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana Cecilia Gervasi Díaz, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, en los citados eventos;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios...

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