Resolucion suprema N° 014-2024-JUS. Acceden a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de la ciudadana peruana para ser extraditada de la República del Perú y ser procesada en la República Argentina

Fecha de publicación31 Enero 2024
SecciónSección Única
Prórroga del Estado de Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo del departamento de Junín

Lima, 30 de enero de 2024


VISTO; el Informe N° 243-2023/COE-TPC, del 27 de diciembre de 2023, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana de nacionalidad peruana MÓNICA GAMBOA ESPINOZA formulada por las autoridades competentes de la República Argentina, para ser procesada por la presunta comisión del delito de homicidio agravado por ensañamiento, criminis causae y por ser la víctima una mujer, mediando violencia de género en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;


Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;


Que, mediante Resolución Consultiva del 18 de septiembre de 2023, la Sala Penal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR