RESOLUCION SUPREMA N° 012-2015-EM - Aprueban Addendum N° 5 al Contrato de Concesión N° 106-97 relacionado a concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica otorgado a favor de ETECEN mediante R.S. N° 112-97-EM

Fecha de disposición16 Abril 2015
Fecha de publicación16 Abril 2015
SecciónSección Única
El Peruano
Jueves 16 de abril de 2015
550692
para su vigencia en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola
vez, y será notif‌i cada al concesionario dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a
lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento.
Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1225205-2
Aprueban Contrato de Concesión
N° 468-2015 a suscribirse entre
el Ministerio de Energía y Minas y
Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C.
- COELVISAC
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 011-2015-EM
Lima, 15 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 14342614 sobre
otorgamiento de concesión def‌i nitiva para desarrollar la
actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado
por Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. – COELVISAC,
persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000540 del
Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° XI,
Sede Ica, Of‌i cina Registral de Ica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Carta CEV Nº 207-2014/GG.GG
ingresada con registro N° 2375042 de fecha 11 de marzo
de 2014, COELVISAC solicitó la concesión def‌i nitiva para
desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica
en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Felam – S.E.
Tierras Nuevas y Subestaciones Asociadas, ubicada
en el distrito de Olmos, provincia y departamento de
Lambayeque, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) f‌i guran
en el Expediente;
Que, mediante la Carta CEV N° 3570-2014/GG.AL
ingresada con registro N° 2460613 de fecha 30 de
diciembre de 2014, COELVISAC obtuvo la concesión
def‌i nitiva de la referida línea de transmisión, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 29060;
Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio
de Energía y Minas, luego de haber emitido el Informe
N° 058-2015-DGE-DCE, ha recomendando aprobar al
Contrato de Concesión;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 468-
2015 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y
COELVISAC, el cual consta de 19 cláusulas y 03 anexos.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de
Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en
representación del Estado, el Contrato de Concesión,
aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública
correspondiente.
Artículo 3.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que
origine el Contrato de Concesión N° 468-2015 referido
en el artículo 1 de esta Resolución, en cumplimiento del
artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del
acotado Reglamento.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por la Ministra de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
1225205-3
Aprueban Addendum N° 5 al Contrato
de Concesión N° 106-97 relacionado a
concesión definitiva de transmisión de
energía eléctrica otorgado a favor de
ETECEN mediante R.S. N° 112-97-EM
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 012-2015-EM
Lima, 15 de abril de 2015
VISTO: El Expediente N° 14076997, organizado por
Consorcio Transmantaro S.A., sobre concesión def‌i nitiva
para desarrollar la actividad de transmisión de energía
eléctrica en la Línea de Transmisión en 220kV S.E.
Mantaro – S.E. Socabaya; y la solicitud de modif‌i cación al
Contrato de Concesión Nº 106-97;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 112-97-EM,
publicada el 18 de setiembre de 1997, se otorgó a favor
de Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A.
– ETECEN, la concesión def‌i nitiva para desarrollar la
actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea
de Transmisión en 220 kV S.E. Mantaro – S.E. Socabaya,
aprobándose el Contrato de Concesión N° 106-97;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 020-98-
EM, publicada el 18 de marzo de 1998, se aprobó la
transferencia de la concesión def‌i nitiva de transmisión de
la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Mantaro – S.E.
Socabaya, de Empresa de Transmisión Eléctrica Centro
Norte S.A. – ETECEN a favor de Consorcio Transmantaro
S.A., otorgándole los derechos y obligaciones de la
referida concesión;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 042-2000-
EM, publicada el 13 de mayo de 2000, se aprobó el
Addendum N° 1 que modif‌i có al Contrato de Concesión
N° 106-97, a f‌i n de incluir a la Cláusula 19 y modif‌i car los
Anexos N°s. 5, 6 y 7;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 044-2003-
EM, publicada el 12 de diciembre de 2003, se aprobó el
Addendum N° 2 que modif‌i có los Anexos N° 2 y N° 5 del
Contrato de Concesión N° 106-97, estableciéndose la
longitud total de la línea de transmisión en 603,03 km;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 084-2009-
EM, publicada el 19 de diciembre de 2009, se aprobó el
Addendum N° 3 que modif‌i có la Cláusula Tercera y los
Anexos N° 2 y N° 4 del Contrato de Concesión N° 106-97,
estableciéndose la longitud total de la línea de transmisión
en 603,16 km;
Que, mediante la Resolución Suprema N° 044-2010-
EM, publicada el 22 de junio de 2010, se aprobó el
Addendum N° 4 que modif‌i có el Contrato de Concesión
N° 106-97, en los aspectos referidos a la Cláusula Quinta,
la Cláusula Décimo Primera, la Cláusula Décimo Segunda
y los Anexos N° 2 y N° 4; estableciéndose la longitud total
de la línea de transmisión en 610,85 km con doble terna;
Que, mediante la Carta N° CS000053 – 14032583
ingresada con registro N° 2397842 de fecha 05 de junio de
2014, Consorcio Transmantaro S.A. solicitó la modif‌i cación
al Contrato de Concesión N° 106-97, relacionado a la
concesión def‌i nitiva de transmisión de energía eléctrica
en la Línea de Transmisión en 220kV S.E. Mantaro
– S.E. Socabaya, indicando que existen graves riesgos
geológicos por efecto de los deslizamientos que ponen en
peligro la estabilidad de las estructuras T602 y T603, por
lo que se ha def‌i nido una variante con un nuevo recorrido

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