Resolucion Suprema N° 006-2023-JUS. Acceden a solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega de ciudadano peruano para ser extraditado de la República del Perú y cumplir su condena en el Estado Plurinacional de Bolivia

Fecha de publicación04 Enero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 3 de enero de 2023

VISTO; el Informe N.º 164-2022/COE-TPC, del 11 de noviembre de 2022, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana ORLANDO DAVID VENTURA MACAVILCA, formulada por las autoridades competentes del Estado Plurinacional de Bolivia, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas en volúmenes mayores, en las modalidades de poseer dolosamente, transportar, entregar, introducir al país y/o realizar transacciones a cualquier título;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 25 de julio de 2022 la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano de nacionalidad peruana ORLANDO DAVID VENTURA MACAVILCA formulada por las autoridades competentes del Estado Plurinacional de Bolivia, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas en volúmenes mayores, en las modalidades de poseer dolosamente, transportar, entregar, introducir al país y/o realizar transacciones a cualquier título (Expediente N.º 91-2022);

Que, conforme se aprecia de la audiencia de control de detención con fines de extradición, realizada el 17 de junio de 2022, por el Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, el requerido se acoge libre y voluntariamente a la extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega, regulada por el artículo XV del Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Bolivia;

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de...

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