Resolución de Superintendencia nº 260-2013/SUNAT
Emisor | Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria |
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SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Que las trabajadoras propuestas han presentado declaración jurada manifestando
reunir los requisitos antes indicados;
Que asimismo, se ha estimado conveniente proceder a la designación de los
ejecutores coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera;
CONSIDERANDO:
Lima,
Z 8 AGO.Z013
Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en las
Intendencias que .conforman la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas de la
SUNAT, resulta necesario designar a los ejecutores coactivos;
Que mediante Decreto Supremo N" 259-2012-EF, se modificó el Reglamento de
Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria - SUNAT y se estableció, entre otros, una nueva estructura
orgánica, creándose como órgano de linea dependiente de la Superintendencia Nacional
Adjunta de Aduanas a la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y
Fiscalización Aduanera; por lo que resulta necesario designar a los ejecutores coactivos
de dicho órgano institucional;
N°260 -201~SUNAT
DESIGNA EJECUTORES COACTIVOS DE INTENDENCIAS QUE CONFORMAN LA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS DE LA SUNAT
Que el articulo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF, establece los requisitos que deberán
cumplir los abogados para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código
Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7° de la Ley
N" 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal
ingrese mediante concurso público;
En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del artículo 19° del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo
N.° 115-2002-PCM y normas modificatorias;
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