Resolución de Superintendencia nº 032-2013/SUNAT

Fecha01 Enero 2013
Año2013
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
\\t.\.\CA
DEL
.o
ífj
SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
N.O
032 -2013/SUNAT
APRUEBAN NUEVA VERSiÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA - PLAME,
FORMULARIO VIRTUAL
N.o
0601
y
ESTABLECEN LA FORMA, PLAZO Y
CONDICIONES PARA QUE LAS COOPERATIVAS AGRARIAS REALICEN LA
DECLARACiÓN Y EL PAGO DE LOS APORTES AL SEGURO SOCIAL DE SALUD
DE SUS SOCIOS
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia N.o 183-2011/SUNAT se
aprobaron los formularios virtuales N°s. 1603 - Información del Empleador y 1604 -
Información del Trabajador, Pensionista, Personal en formación - Modalidad
Formativa Laboral y otros y Personal de Terceros para el registro de la información en
el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO) y el PDT Planilla Electrónica -
Planilla Mensual de Pagos (PLAME), Formulario Virtual N.o 0601 - Versión 2.0 como
el medio para la presentación de la PLAME, estableciéndose además el procedimiento
para el alta, modificación y/o actualización de datos o la baja en el T-REGISTRO así
como la forma y condiciones generales para la utilización y presentación del PDT
Planilla Electrónica - PLAME;
Que la Segunda Disposición Complementaria Final de la Resolución de
Superintendencia N.o 181-2012/SUNAT aprobó el PDT Planilla Electrónica - PLAME,
Formulario Virtual N.O 0601- Versión 2.3;
Que la indicada versión exige obligatoriamente la consignación de los datos del
recibo por honorarios de los trabajadores que presten servicios bajo el Régimen
Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS; así como incluye como
dato la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2012;
Que posteriormente se ha modificado el Reglamento de Comprobantes de
Pago aprobado por la Resolución de Superintendencia N.O 007-99/SUNAT y normas

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR