Resolución de Superintendencia nº 028-2016/SUNAT
Año | 2016 |
Fecha | 29 Enero 2016 |
Emisor | Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria |
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 028 -2016/SUNAT
APRUEBA PRESTACIÓN ADICIONAL Y DEDUCTIVO VINCULADO DE LA OBRA:
“REFACCIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DE LA SEDE DE LA INTENDENCIA
REGIONAL AREQUIPA”, DERIVADA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 031-2014-
SUNAT/800100 - PRIMERA CONVOCATORIA
Lima, 29 de enero de 2016
VISTOS:
La Carta N° 14-2015-OMJ del Señor Oscar Enrique Malaga Juarez mediante la
cual remite el expediente técnico de la prestación adicional de obra N° 01 y deductivo
vinculado N° 01 respecto del Contrato N° 143-2015/SUNAT - EJECUCIÓN DE OBRA;
el Informe N° 60-2015 CODARING/SO/JLPP de la empresa CORPORACIÓN
DARIKSON INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, en su calidad de
Supervisor de Obra; el Informe Técnico N° 46-2015-SUNAT/8B4100 emitido por la
División de Gestión de Infraestructura y Equipamiento y el Acta de Aprobación del
Expediente Técnico de Prestaciones Adicionales de fecha 24 de diciembre de 2015
suscrita por la División de Gestión de Infraestructura y Equipamiento; el Memorándum
N° 70-2016-SUNAT/8B3300 de la División de Soporte de Acondicionamiento y
Mantenimiento y el Informe Técnico N° 02-2016-SUNAT/6F0600; el Informe N° 19-
2016-SUNAT/8B1000 de la Gerencia Administrativa, el Memorándum N° 21-2016-
SUNAT/8B0000 emitido por la Intendencia Nacional de Administración y el Informe
Legal N° 10-2016-SUNAT/8E1000 emitido por la Gerencia Jurídico Administrativa.
CONSIDERANDO:
El Informe Legal N° 10-2016-SUNAT/8E1000 de la Gerencia Jurídico
Administrativa de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna que se adjunta,
cuyos fundamentos se reproducen y;
En aplicación de los artículos 5° y 41° de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y sus modificatorias; el artículo 207° del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo
N° 184-2008-EF y sus modificatorias; y el artículo 6° de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General; y en uso de las facultades conferidas en el
literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias;
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